El presidente Mario Abdo Benítez promulgó la ley que modifica un artículo del Código Aeronáutico. Entre los cambios, la norma crea el Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil. Además, adecua las normativas a disposiciones de la OACI y otros órganos.
La modificación que se pretende introducir al Código Aeronáutico, y según la cual los extranjeros no podrán ejercer como pilotos en el país durante más de un año y medio, es inconstitucional y hasta podría considerarse xenófoba, según opinan los especialistas. El proyecto, que ya había sido vetado, se tratará el martes.
Tal como le ocurrió a la marina mercante argentina, que perdió gran parte de su flota debido a medidas proteccionistas arbitrarias, en la aviación paraguaya se perfila un escenario similar si entra en vigencia la modificación del Art. 93 del Código Aeronáutico. El veto del el Ejecutivo a esta modificación estudiarán el martes en sesión extraordinaria del Senado.
El próximo martes, 4 de noviembre, tiene sanción automática la ley que privilegia a los pilotos y funcionarios aeronáuticos paraguayos. Esto obedece a que el Senado, por falta de quórum, ayer no trató el veto, con lo cual hasta ahora queda firme la decisión de Diputados, que el 14 de agosto pasado rechazó la objeción del Ejecutivo.
En el escenario en que quede firme la ley que modifica el Código Aeronáutico, TAM Airlines deberá afectar la frecuencia e inevitablemente cancelar algunas rutas, según explicó Esteban Burt, miembro del consejo directivo.
El doctor Alejandro Piera, experto en temas aeronáuticos, quien actualmente desempeña su labor en Canadá, dijo que la propuesta de modificación del Código Aeronáutico que hoy analizará la Cámara de Senadores, y según la cual las empresas aéreas solo podrían contratar personal extranjero por un periodo no mayor al año y medio, “se encuentra imbuida de resabios chauvinistas de índole populista y totalmente disociadas de la realidad aeronáutica del país”.