Justicia ignora Código Aeronáutico y pone en jaque a la aviación, afirman

Mientras la Justicia excluye la aplicación del Código Aeronáutico, la Dinac podría verse forzada a pagarle 10 millones de dólares a una pequeña aerolínea con licencia cancelada, con cuya aeronave, según los antecedentes, estuvieron en peligro de estrellarse 80 pasajeros en 2009.

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Funcionarios de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (Dinac) denunciaron ayer que por el curso que está teniendo en la Justicia la demanda que promovió Delcar SRL, la Dinac podría verse forzada a pagar una indemnización de US$ 10 millones “por pérdida de chance” a esta firma, uno de cuyos vuelos chárter se declaró en emergencia en 2009, poniendo en peligro a 80 pasajeros.

Resulta que tanto el juzgado como el tribunal de apelación que intervinieron en su momento en la excepción de prescripción planteada por la Dinac evitaron la aplicación de las disposiciones del Código Aeronáutico y se teme que la Corte se pronuncie en el mismo sentido, expresaron el expresidente del ente aeronáutico Ceferino Farías, el actual director jurídico de Dinac, Adalberto Meza, y el secretario general, Daniel Báez. “Esto traería gravísimas consecuencias para la aviación local”, alegaron.

A Delcar SRL (de Melanio Delgado) le cancelaron la licencia en mayo del 2009 para vuelos chárter internacionales. Fue mes y medio después de que una aeronave de la empresa se declarara en emergencia y activara el plan nacional de emergencia, con 80 pasajeros a bordo, apenas algunos minutos después de despegar. Entre sus pasajeros estaban el entonces titular de Dinac Roberto Valenzuela (+) y otros funcionarios. El propietario de la compañía, Melanio Delgado, solicitó una indemnización personal por supuesto “daño moral” y otra indemnización a favor de la empresa por supuesta “pérdida de chance”. En total, el reclamo asciende a US$ 28 millones.

La primera demanda no prosperó, pues el juzgado entendió que la resolución fue dictada contra la empresa y no contra una persona física. En el segundo reclamo está hoy pendiente de definición, en la Corte Suprema, la prescripción o no de la acción planteada.

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