La primera norma en nuestro país que hizo referencia a la represión de conductas tendientes a legitimar bienes con origen ilícito fue la Ley 16/90 “QUE APRUEBA Y RATIFICA LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS SICOTRÓPICAS”, la cual era conocida como Convención de Viena de 1988, pues se la adoptó en diciembre de ese año. En su artículo 3, incisos b y c (apartado “i”) recomendaba sancionar conductas relacionadas a la legitimación de bienes provenientes del narcotráfico. La misma, sin embargo, no se trata de una norma operativa.
El próximo miércoles 3 de julio a las 11:00 en el Salón Auditorio del Palacio de Justicia (Alonso y Testanova, 1er. piso) será presentado el libro Apuntes de Derecho Penal Económico II. El libro aborda el Derecho Penal Económico, como una disciplina distinta al Derecho Penal clásico.
El presente trabajo pretende dar apenas unos delineamientos acerca de la regulación de la prescripción en el Código Penal Paraguayo. En tal sentido, se expondrá brevemente acerca de cada uno de los cuatro artículos que desarrollan el instituto.