Como en casi todos los países de la región, en Paraguay la crítica a la organización y a la gestión de la Corte Suprema, se acrecienta en todos los sectores de la sociedad y en los medios de comunicación. Esa crítica generalizada se extiende a los jueces de todos los fueros y de todos los grados del Poder Judicial, en relación a la función asignada en el Art. 243 I de CP “de ser el custodio de la Constitución”, y de “conocer y decidir en actos de carácter contencioso”. Considero que no todos los magistrados del Poder Judicial son honestos y probos; sobre todo las dudas se generan en relación a la idoneidad jurídica y a la independencia en la gestión de la mayoría de ellos, salvo en la jurisdicción civil.