La primera promoción pública de la llamada Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) se complementa ahora con la presentación del Acuerdo sobre las Víctimas del Conflicto realizada el 15.12.2015 por el Gobierno colombiano y las FARC-EP. Este acuerdo desarrolla en detalle los contenidos de la JEP y, a diferencia de lo expuesto en el Comunicado del 23.09.2015, concibe a la misma junto a otros mecanismos y medidas dirigidos a componer el llamado Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR). Se trata de una estructura judicial (penal) que incorpora las claves legales y procesales para satisfacer las expectativas ético-jurídicas vinculadas al sistema de justicia transicional. En el SIVJRNR se desarrollan en detalle tanto los parámetros procedimentales y las competencias de la JEP, como las reglas y principios que orientan el funcionamiento de la misma. Determinante resulta la específica consagración de la paz como principio orientador a los fines de influir procesos concretos de investigación y decisión judicial, acogiéndola no solo como regla de decisión (pág. 45, núm. 75), sino, incluso, como finalidad de la sanción (pág. 39, núm. 60).