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–¿Lo que se pretende es eliminar la figura de la estabilidad laboral, o reglamentar la relación del empleado y el empleador a partir de la estabilidad laboral del empleado?
–Efectivamente, tu pregunta es bastante oportuna porque la estabilidad laboral no se puede eliminar, ese es un principio consagrado en la Constitución Nacional, entonces lo que queremos hacer es analizar un poco la figura de la estabilidad absoluta.
La estabilidad absoluta se adquiere a los diez años, y es una norma que la Constitución le delega a la ley, justamente al Código del Trabajo, para que pueda evaluarla y para que pueda reglamentarla; entonces esto es lo que se va a realizar, lo que se propuso, que tiene que ver con la barrera de los diez años y la inamovilidad laboral como nosotros le llamamos.
¿Por qué decimos inamovilidad? porque el trabajador no puede ser despedido sin justa causa, entonces para llevar un proceso de despido, por más que existan causales, se debe probar en juicio. Pero ¿qué pasa antes de eso, antes que el trabajador adquiera la estabilidad? En la práctica, en la realidad, es que hoy hemos visto estadísticamente que se ha reducido significativamente la gente que pasa la barrera de los 9,5 años, es decir, que nosotros incluso acá, en el ministerio, recibimos relaciones laborales, de conflictos laborales, en donde se negocian las indemnizaciones por despido en esta fase del trabajo.
–Quiero preguntarle sobre las estadísticas, porque intentamos tenerlas y hasta ahora no dimos con ellas, ¿qué dicen esas estadísticas?
–Son estudios que ya se realizaron el año pasado, que estamos ahora haciendo un resumen ejecutivo para que todos tengan acceso, porque eso es muy importante, transparentar un poco las evidencias. Se trabajó con la OIT (Organización Internacional del Trabajo) justamente para poder reforzar y determinar, o acá está pasando algo que realmente llama bastante la atención, porque se le está despidiendo a la gente antes de alcanzar la estabilidad laboral.
–¿Cuál es la modificación específica que plantea el Gobierno?
–La modificación es justamente tratar lo que es la estabilidad absoluta y evitar los procesos de judicialización y suspensión del trabajo por causales determinadas para el despido del trabajador.
Pero es importante aclarar que esto no va a conllevar una disminución de los montos de la indemnización, porque como todos sabemos, que cuando uno pasa los diez años, ya le corresponde la figura de la doble indemnización, incluso estamos viendo, estamos pensando, como hablamos ya con varios empresarios, mejorar los montos de las indemnizaciones.
Hoy tenemos un salario, vamos a decir una doble indemnización, porque se pagan 15 jornales diarios; después de los 10 años se pagan 30 jornales diarios (por año de antigüedad), y ver si esto se puede incrementar incluso, o hacer de una manera escalonada o ver cómo mejorar esas condiciones y que el despido sea más caro.
–Entonces, ¿estamos hablando de reglamentar el despido del trabajador?
–Estamos pensando en reglamentar las reglas de despido por un lado, pero eso tiene una consecuencia: evitar que los trabajadores sean despedidos antes de llegar a los diez años; el objeto real es la protección del trabajador para que no por solamente el hecho de tener antigüedad sea expulsado del mercado de trabajo, porque hay muchos trabajadores que realmente tienen competencia, porque si un trabajador llegó a ocho años dentro de una misma empresa, es porque es revalorizado, está profesionalizado, cumple con un montón de normativas, pero vemos que en la práctica sucede ‘sabes qué, te voy a tener que indemnizar, te voy a tener que despedir’, entonces eso genera un efecto perverso.
–¿Y qué plantean a partir de la estabilidad laboral que logre el empleado a los 10 años?
–Lo que planteamos es que él pueda recibir más, en el caso de que se le despida, que pueda percibir un monto mucho mayor, la doble indemnización, o negociar, ver, y ahí entramos en el detalle, lo vamos a hacer de manera escalonada, a los once, doce, trece años para que vaya cobrando más, desde los ocho años, cómo vamos a ir regulando, pero eso es objeto de negociación.
–Entonces, ¿lo que quieren es regular también el pago de las indemnizaciones en el caso de despidos a partir de los 9 años?
–Sí, así mismo, podría plantearse en la mesa otro tipo de soluciones también, capaz antes, entonces vamos a ver que el costo del despido va a representar algo que se va a dar, pero que va a salir mucho más caro despedirle a un trabajador, pero que va a evitar que ese trabajador, en el caso de que se le despida, en siete, ocho años cobre su indemnización, porque eso es lo que realmente está pasando.
–Estas modificaciones a la estabilidad laboral, ¿también las proponen para el sector público?
–El sector público tiene un tratamiento especial dentro de la Ley de Servicio Civil, eso está mucho más avanzado, esto recién se inicia. Se ha trabajado ya con todas las centrales, los sindicatos de los diferentes sectores, y sí, hay varios temas de reivindicaciones, estabilidad, carrera pública, de todo lo que se está llevando adelante, y yo creo que ya es una discusión mucho más avanzada que esta, que recién empieza.
No podíamos nosotros dejar de poner en el centro de la acción a nuestro trabajador privado, que creo que es la mayoría, tenemos solamente un 10% de trabajadores en el sector público, pero el grueso de nuestra población y nuestros trabajadores es del sector privado.
–Pero también se plantea la modificación de las normas respecto a la estabilidad en el sector público. El proyecto de ley que están estudiando plantea que esa estabilidad se puede empezar a adquirir a partir de los cuatro años (Ley de Servicio Civil).
–Sí, esa es una cuestión que maneja Economía (Ministerio de Economía y Finanzas), con los sectores. Mi cartera se refiere exclusivamente a lo del sector privado, esas negociaciones como mencioné, se estuvieron viendo con la viceministra Picaso (Andrea, de Capital Humano), se está viendo cuáles son las medidas de la carrera civil, cómo uno va a ir escalando, cuáles son las reglas de entrada, porque tienen muchísima influencia no solamente en la salida, sino, para el sector público, lo que realmente importa es que la persona que entra tenga ciertas cualificaciones.
–Claro, consulto porque en el sector privado, la estabilidad se logra a los diez años y se plantea que en el sector público se logre a los cuatro, o sea, hay seis años de diferencia.
–En el sector privado, la gente adquiere estabilidad a los 30 días, pasado el periodo de prueba, porque yo ya no te puedo despedir a vos sin indemnizarte, al contrario, en el sector público, si yo te despido por un sumario, yo no te indemnizo, hay ahí también una diferencia, pero ese es otro tema de discusión del sector público. A los 30 días, después de pasado el periodo de prueba, el empleador ya no le puede sacar a su trabajador sin justa causa, y eso es la estabilidad, entonces hay que aclarar que la estabilidad es que el empleador arbitrariamente, no porque no le gusta, no porque ya no quiere más verte en la oficina te puede sacar; no, tiene que existir una causal de despido para despedir y eso ocurre a los 30 días del ingreso de un trabajador.
(...)
–¿Cinco capítulos son los que plantean modificar (del Código Laboral)?
–Sí, está el tema del contrato de trabajo, no se toca en principios, no se toca en el capítulo uno, pero ver un poco derechos y obligaciones, ver el tema del capítulo 10, que corresponde al tema de la estabilidad laboral, ver el tema de las sanciones, que es un tema importante que nosotros nos vemos muchas veces con las manos arriba y no podemos hacer mucho, y el tema también de las atribuciones de la fiscalización, que nos demandan bastante y queremos incorporar.
Y también vimos ahí unos aspectos más del Ministerio de Trabajo que han caído en desuso dentro de la norma laboral, que tiene que ver con la mediación y resolución de conflictos en lo administrativo, y eso ya los abogados laboralistas nos han advertido en muchísimas oportunidades que eso se tiene que modificar y se tiene que adecuar a lo que hoy es. Se quedó en desuso, como en la época donde el Ministerio del Interior tenía el Departamento de Trabajo, quedó igual.
(...)
–¿No hay plazo entonces para presentar un proyecto de ley, ministra?
–Hoy no hay un plazo específico, porque tenemos y nos atenemos a lo que van a ser las negociaciones dentro de la mesa.
Yo particularmente no me puedo comprometer en presentar en una semana, dos semanas, tres semanas cuando sabemos que esto lleva a una negociación, pero sí está la intención de hacerlo prácticamente este año o a inicio del periodo parlamentario siguiente, pero sí, hay que plantearlo, hay que tener la propuesta, hay que discutirlo, hay que tomar todas las propuestas de todos los sectores para posteriormente ver cuál es la solución posible.