MOPC no puede disponer de garantía que “pagó” Royal Seguros

El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) por ahora no podrá disponer de los G. 40.390 millones (US$ 6,4 millones al cambio actual) de la garantía de fiel cumplimiento del contrato del fallido metrobús, que la aseguradora Royal Seguros SA depositó en una cuenta judicial, según informaron hoy en conferencia de prensa los directivos de la aseguradora.

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La firma realizó esta mañana una conferencia de prensa para anunciar el “pago” de la póliza en cuestión, pero dicho monto aún no puede ser transferida a Obras Públicas, institución que fue afectada por el incumplimiento del contrato de la empresa portuguesa Mota Engil.

A criterio de Royal, el MOPC podrá utilizar la mencionada caución sólo si el arbitraje internacional - que está en proceso entre Mota Engil y el MOPC- sale a favor del Estado paraguayo. “Si el tribunal arbitral considera que Mota Engil tiene la razón, significa que no hay una responsabilidad de la empresa y la póliza de ellos no se ejecuta. Entonces ese dinero no iría al MOPC”, dijo el abogado Sergio Recalde, director de la compañía.

Explicó que el depósito se realizó a nombre de un juzgado y que el tribunal del arbitraje internacional en proceso debe definir “cuándo y cuánto” debe pagarse al MOPC de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

Respecto a las razones por las cuales depositaron a una cuenta judicial y no al MOPC, el abogado resaltó que el artículo 584 del código civil, establece el pago por consignación. “Cuando el sujeto obligado a un pago desconoce o tiene dudas sobre el derecho de legitimación que tiene el acreedor, de ese dinero puede depositarlo judicialmente”, resaltó.

Siguió: “Para nosotros un tercero más importante que el poder judicial no existe, por eso es que se hace a favor o mejor dicho en una cuenta judicial. Depositarlo a una cuenta del MOPC equivaldría el pago definitivo”, indicó.

El abogado señaló que el 23 de octubre de 2018, el MOPC y Mota Engil, suscribieron un “acta de entendimiento”, a través de la cual, el MOPC y Mota Engil hicieron un reconocimiento de obligaciones recíprocas aún no cumplidas y suspendieron indeterminadamente la ejecución de la obra.

En este acuerdo se definió que: 1- estaba pendiente el juzgamiento sobre el responsable del atraso; 2- existía una causa de fuerza mayor que impedía la continuación de la obra, ajena a la voluntad de las partes e imputable a un tercero (la comuna capitalina); 3- existían limitantes de accesos a lugares de obra, imputables a terceros; y 4- que la responsabilidad por los daños de una o de ambas partes, sería juzgada a través de un arbitraje.

“Si el MOPC y Mota Engil no hubiesen firmado el acta de entendimiento de octubre del 2018, no iba haber posibilidad de este pago por consignación. Es decir, ya tendría que haberse iniciado el proceso de ejecución ese año o en ese momento, o sea, rescindir el contrato totalmente y ejecutar la póliza. Si esto ocurría el pago sí se iba a depositar en la cuenta del MOPC. Al suscribir el MOPC este acta de entendimiento y al condicionar su derecho a un arbitraje, es lo que nos da la única alternativa de pagar esto a través de una cuenta judicial” aseveró.

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