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El Tribunal de Apelaciones en lo Penal, Tercera Sala, declaró la nulidad del fallo del 8 de abril de 2019 que condenó a Noyme Yore Ismael a un año de prisión –pena excarcelable– por haber designado a abogados particulares como defensores públicos en diferentes puntos del interior del país, obviando que esta es una facultad exclusiva de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
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Había sido encontraba culpable del delito de usurpación de funciones públicas en calidad de autora por el tribunal de sentencia conformado por los jueces Cynthia Lovera, Juan Carlos Zárate y Julián López. Sin embargo, los camaristas Arnulfo Arias y José Waldir Servín coincidieron en hacer lugar a la apelación plantada por la defensa de Noyme Yore, en tanto que el magistrado Cristóbal Sánchez votó por la confirmación de la condena.
La Cámara también ordenó el reenvío de la causa a otro tribunal de sentencia a fin de que se haga un nuevo juicio oral y público.
La exdefensora pública general soporta también otra acusación en su contra, porque la fiscala Victoria Acuña pidió que afronte juicio oral y público por un supuesto perjuicio de más de G. 5.000 millones con contratos de obras para sedes del organismo en el interior del país.