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1.- ¿Obliga el Tratado de Itaipú al Brasil a comprar el excedente paraguayo en Itaipú?
- De acuerdo con el parágrafo único del Art. XIII del Tratado de Itaipú, las Altas Partes Contratantes se comprometen a adquirir, conjunta o separadamente, en la forma que acordaren, el total de la potencia instalada.
El total de la potencia instalada de la central, con 20 unidades actuales, trepa a 14.000 MW (1 MW = 1000 KW). Sin embargo, debe aclararse que la potencia disponible para contratación baja a 12.135 MW. El destino que asignan la diferencia, 1.865 MW, equivalentes a la potencia de casi nueve centrales como Acaray, alguna vez, debería verificar la Contraloría General de la República (CGR).
El Art. XIII consagra la división “de la energía producida por el aprovechamiento hidroeléctrico ... en partes iguales entre los dos países” y, en el siguiente renglón, que el tratado reconoce a cada uno de ellos “el derecho de adquisición, en la forma establecida en el Art. XIV, de la energía que no sea utilizada por el otro país para su propio consumo”.
La generalización, en este caso, del derecho en cuestión, se ajusta más bien al estilo diplomático, no a la realidad de los dos países. Siempre se supo, inclusive antes de la suscripción del Tratado en abril de 1973, por la potencia de Itaipú, el caudal del río Paraná y por ende el nivel de producción de la central en ciernes, que el Paraguay era y sería el país que contaría con un enorme excedente energético.
En los casi 40 años de producción de la central binacional, de esa mitad que corresponde al Paraguay, este utilizó apenas el 18,5% y cedió al Brasil el 81,9%.
A la “forma de adquisición de los servicios de electricidad de Itaipú”, inclusive de la “energía que no sea utilizada por el otro país para su propio consumo” se refiere el Art. XIV del modo siguiente: “... será realizada por la ANDE y por la Eletrobras - sustituida hoy por la ENBPAR, las cuales también podrán hacerlo por intermedio de las empresas o entidades paraguayas o brasileñas que indiquen”.
No debe olvidarse la Nota Reversal N° 5, que especifica que el gobierno brasileño, por intermedio de Eletrobras, hoy ENBPAR o las entidades por esta indicadas, se compromete a celebrar contratos con la Itaipú, en las condiciones establecidas en el referido Tratado y sus anexos, de manera que el total de la potencia contratada sea igual al total de la potencia instalada.
2.- ¿Qué pretende ‘rescindir’ el presidente Lula da Silva si su par paraguayo no se apea de su actual posición?
- Según Folhapress, “el acuerdo que obliga al Brasil a comprar electricidad que ya no es consumida por los paraguayos”. En rigor, los artículos citados obligan a las dos partes a contratar la suma de la potencia instalada y la Nota Reversal N° 5 especifica el compromiso del gobierno brasileño, a través de Eletrobras, que fue sustituida por la ENBPAR.
Entonces, debería aclararse, si esa es la real intención del actual gobierno brasileño, para “rescindir” la Nota Reversal N° 5 o los artículos XIII y XIV del Tratado, deberá tener en cuenta que tanto el instrumento diplomático de referencia como el Tratado fueron aprobados por ley y, por consiguiente, deben ser modificadas o derogadas por otra ley.
3.- ¿Puede Brasil, unilateralmente, “romper el Tratado?
- Folhapress explica que “las autoridades brasileñas están considerando utilizar un instrumento legal para, como ellos lo llaman -¿los paraguayos?- ‘denunciar’ el acuerdo, es decir, informar a Paraguay de su intención de romperlo”. y en una suerte de concesión graciosa a nuestro país, “en este caso, Paraguay podría recurrir a un tribunal internacional”.
“Romper” el tratado no es tan sencillo como lo pintan, porque no es un simple “acuerdo comercial” como sugiere la publicación brasileña. Repitamos, más allá del cansancio si fuese necesario, que es un tratado y que se rige por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. Si la búsqueda de la nulidad fuese la jugada de nuestros socios en Itaipú, por ejemplo, el Art. 65 de la Convención de referencia establece pasos ineludibles, según los especialistas consultados, por ejemplo:
a.- la notificación de la pretensión del que recurre al tribunal.
b.- Su fundamentación, que deberá incluir la medida que pretenda adoptar con relación al tratado.
c.- las razones en que esta se funde.
El redactor, embargado por sentimientos de conmiseración, escribe que “la anulación ... se considera una medida drástica, sin precedentes en la relación entre los miembros - mejor dueños del complejo hidroeléctrico, del río Paraná y de su energía - al borde de un incidente diplomático. También afectaría a la economía paraguaya”.
¿No es importante para la economía brasileña especialmente la del Estado de Paraná, São Paulo y Mato Grosso?
Hay opiniones favorables a esa salida, como las de Instituto Acende, una organización ligada a gremios industriales de São Paulo.
El año pasado, apenas designado el actual director general brasileño de la entidad binacional, el exdiputado Enio Verri sostenía todo lo contrario y resaltaba su extraordinaria relevancia para Estados como Paraná, Mato Grosso, etc.
Según los últimos informes, Itaipú atiende actualmente un porcentaje que ronda el 9% de la demanda brasileña.
André Pepitone, director financiero ejecutivo de Itaipú, exdiarector ejecutivo de la ANEEl, una de las reguladoras del sector eléctrico en el Brasil, en una entrevista con periodistas brasileños explicaba que “el precio de la energía producida por la Itaipú permanece por debajo del promedio del mix energético de las distribuidoras que compran a Itaipú, a pesar de realizar inversiones socioambientales.
“Si tomamos los costos promedios por fuente de las subastas de la Cámara de Comercialización de Energía Eléctrica, Itaipú es la tercera fuente más barata. La hidroeléctrica es la primera, la segunda es la elólica y la tercera es Itaipú. Entonces se puede ver que es un poco más cara que las dos más baratas, pero está en un nivel muy similar, y después hay una serie de fuentes que son mucho más caras que Itaipú”, añade.
Además, según la opinión de otros especialistas, es el Estado paraguayo es el que debe plantear ante el tribunal de La Haya la eventual articulación de la nulidad del Tratado por los ya incontables perjuicios que sufrió en estos 50 años de vigencia del Tratado.
4.- En una actitud que se acerca mucho a la subestimación, “ninguneo”, como dirían otros, escribe el colega que “la venta de energía es fundamental para la economía del Paraguay”.
- ¿A qué venta se refiere? ¿Acaso a la cesión de energía? Exportación no es, porque exportación de energía es la que realiza, y con mucho énfasis en los primeros 28 días de enero, con una tarifa estimada de US$ 70/MWh la Argentina al Brasil, no la entrega de una parte considerable de la suya a un valor que en el presente apenas ronda los US$ 10 /MWh, con un promedio en los casi 40 años de cesión de apenas US$ 4/MWh.
5- ¿Brasil puede prescindir de Itaipú en el caso en que sus actuales administradores decidan dejar sin efecto el Tratado?
- Está demostrado que no, inclusive por especialistas brasileños, Aún, en ese caso extremo, el Paraguay tiene mucho que reclamar. Por ejemplo, la suma que debió recibir y no recibió del Brasil por los 1.221.645,5 GWh que cedió al sistema brasileño desde 1984 hasta la fecha.
Recordemos entre la irrupción de la central binacional en la etapa de producción y, por ende, de comercialización de su servicio, la República del Paraguay, propietario en condominio y partes iguales del único factor insustituible en un emprendimiento de estas características, así como de su energía, recibió US$ 5.205.300.000, suma por cierto considerable, pero insignificante si se la divide por la cantidad de MWh que el Paraguay entregó al Brasil en los casi 40 años de producción de Itaipú.
En efecto US$ 5.205.300.000/1.221.645.500 = 4,3, apenas US$ 4 dólares con tres centavos (G. 31.605 por cada MWh cedido.
El investigador paraguayo-norteamericano Miguel Carter, tras una meticulosa y paciente investigación de la riqueza que perdió el Paraguay en Itaipú, sustentado en las cotizaciones de cinco mercados relacionados con la electricidad e inclusive el petróleo, le puso números a esa pérdida: US$ 77.300 millones.
Aún no incluimos los Saltos del Guairá, una de las maravillas de la naturaleza sacrificada sin muchas contemplaciones en el altar del progreso.
Tampoco podemos ignorar la suerte de los pueblos originarios que fueron inhumanamente desplazamos de sus habitats para el llenado del embalse del complejo hidroeléctrico.
6.- ¿Cuál es la piedra del escándalo? ¿Por qué este derrape de las relaciones gubernamentes paraguayo/brasileñas hacia territorios casi hostiles?
- Según la respuesta oficial, la discrepancia gira en torno al sobrecosto que impondrán sobre el actual costo real de Itaipú para que genere un ingreso adicional para ambas partes, ingreso que lo habrán de invertir en obras “sociambientales”.
Luego de la amortización total de la deuda que contrajo la entidad binacional, el Costo del Servicio de Electricidad cayó a menos de US$ 10/KWmes; a pesar de la nueva realidad, los dos gobiernos están de acuerdo en aprobar una tarifa superior a ese monto y dividir el ingreso adicional, en partes iguales.
La desacuerdo radica en el monto del sobrecosto. Según informes, oficiales inclusive, el Gobierno de Lula da Silva pide que la tarifa actual de Itaipú, de US$ 16,71, se mantenga; en tanto que el de Santiago Peña defiende un valor superior a los US$ 22/KWmes.
La prensa brasileña revelaba que en el último encuentro presidencial en Brasilia, en el que el protagonista principal fue la tarifa de Itaipú, se acentuaron las diferencias y, pese a las declaraciones, los efusivos apretones de manos y el derroche de sonrisas, sobrevino el impasse entre las partes, hasta las amenazas del presidente Lula que también la prensa brasileña las hizo públicas.
7.- Habrá una salida tal como manda el Ar. XXII del Tratado o los dueños de Itaipú terminarán ante el Tribunal de la Haya?
- Las experiencias del 2021 y 2022 anticipan que las partes, muy pronto, a pesar de los pretendidos fragores de la actual confrontación, elegirán una salida intermedia entre las tarifas pretendidas.
Especialistas de mucha experiencia, como el Ing. Pedro Ferreira, uno de los principales responsables del rechazo paraguayo del Acuerdo Bilateral de 2019, advierte que las controversias, las publicaciones, las amenazas, etc., son solo piezas constitutivas de una bien montada escenificación, en primer lugar para distraer la atención ciudadana de asuntos mucho más importantes en Itaipú, como la imposición del costo real del servicio de la entidad binacional, que permitirá a la ANDE adquirir toda la energía paraguaya y, por ende, exportar el excedente, pero con precios de mercado.
Cedió
En casi 40 años de producción de la central, de esa mitad que corresponde al Paraguay este utilizó solo el 18,5% y cedió al Brasil el 81,9%.
US$ 4,3
US$ 5.205.300.000 /1.221.645.500 = 4,3, apenas US$ 4 dólares con tres centavos (G. 31.605 por cada MWh cedido o G. 31 por KWh cedido.