Cargando...
Dos asaltos a establecimientos particulares por parte de supuestos sintierras que ocurrieron simultáneamente –uno en el departamento de San Pedro y otro en el de Caaguazú– acarrearon la toma de rehenes y la muerte de un invasor y de un guardia, tras intercambios de disparos. Llama la atención que ambos hechos ocurrieran al mismo tiempo, a tempranas horas de la mañana, por lo que no se descarta que estas acciones delictivas estén conectadas entre sí, aprovechando el traslado de agentes policiales de Capiibary y Simón Bolívar a la capital del país, con motivo del 15 de agosto. El jefe policial en el departamento de Caaguazú, Isabelino Galeano, no descarta que en uno de los graves incidentes estuvieron implicados el EPP o exmiembros de este grupo criminal.
Como sea, no es novedoso que existan organizaciones de “campesinos sin tierra” que planean y ejecutan irrupciones, incluso motorizadas, en inmuebles dedicados a la producción agropecuaria, afectando la vida, la libertad y los bienes de las personas. Ellas deben ser desmanteladas cuanto antes, empleando la fuerza legítima del Estado: se trata de cumplir y de hacer cumplir el art. 109 de la Constitución, que garantiza la propiedad privada y la declara inviolable. A ello se suma el art. 142 del Código Penal, que desde 2021 castiga con hasta seis años de cárcel a quien solo o acompañado ingrese con violencia o clandestinidad en un inmueble ajeno, sanción que aumenta hasta diez años cuando la invasión se realiza para instalarse en el predio o causar un daño a los bienes allí existentes. Uno de los proyectistas de esta nueva norma es el actual ministro del Interior, entonces senador, Enrique Riera. Precisamente, poco antes de asumir su actual cargo, para el cual ya había sido anunciado, sostuvo: “No se permitirá el cierre de rutas, ni invasiones de tierra. Pediría respetuosamente a aquellos que quieran reclamar que no afecten derechos de terceros. Se protegerá a aquellos que quieran protestar dentro del marco de la Constitución y las leyes”.
Y bien, se invadieron tierras, ignorando derechos ajenos, en abierta violación del marco referido, pero el ministro del Interior se llamó a un rotundo silencio, hasta muchas horas después de la ocurrencia de los hechos, como si nada tuviera que decir. La Policía Nacional (PN), dependiente del órgano que él encabeza, debe proteger los derechos y la seguridad de las personas físicas y jurídicas. También tiene la obligación de prevenir los delitos, para lo cual sería útil que la Dirección General de Inteligencia Policial fuera eficiente para detectar la preparación de ocupaciones ilícitas. La inoperancia hará que incidentes similares se repitan. Agravar las penas sin tener la intención de contribuir a aplicarlas supone un engaño a la opinión pública.
Es sabido que hay ocupantes “profesionales” que se trasladan de un inmueble a otro, no sin antes deforestar el anterior, invocando su condición supuesta de desposeídos. Estos perjudican no solo a los propietarios, sino también a todo el país, al provocar una inseguridad constante que ahuyenta inversiones. La pobreza –real o fingida– no implica una carta blanca para violar las leyes y el Estado tiene el deber fundamental de precautelar el orden público, misión que corresponde a la PN. Es de desear que, cumpliendo con su palabra, ponga manos a la obra quien con todo tino estimó oportuno elevar las penas para quienes invaden inmuebles.
Para evitar volver a una triste historia de invasiones y muertes violentas de campesinos y agentes del orden, de lo que ahora se trata, más allá de los discursos y promesas, es de aplicar con toda firmeza el Código Penal.