Tren de cercanías: Diputados tratan este martes proyecto de ley y se cree que lo sancionarían sin objeciones

La aplanadora cartista de Diputados tratará este martes, a las apuradas, el proyecto de ley con el cual se busca implementar el tren de cercanías entre Asunción e Ypacaraí. El plan normativo, que tiene media sanción en el Senado, no solo le da a Fepasa la posibilidad de evadir varias leyes, sino también le otorga un “superpoder” al Ejecutivo para asegurar la viabilidad.

Basuras, escombros, yuyales y ocupaciones se apoderaron de la franja de dominio del antiguo ferrocarril, que ahora se pretende utilizar para el tren de cercanías entre Asunción e Ypacaraí.
Basuras, escombros, yuyales y ocupaciones se apoderaron de la franja de dominio del antiguo ferrocarril, que ahora se pretende utilizar para el tren de cercanías entre Asunción e Ypacaraí.Pedro Gonzalez

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La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, bajo la presidencia del legislador Raúl Latorre (cartista), determinó que en el orden del día de la sesión ordinaria de este martes, que iniciará a las 9:00, se incluya el proyecto de ley con el cual se busca implementar el tren de cercanías entre Asunción e Ypacaraí.

El Poder Ejecutivo, citando el Artículo 210 de la Constitución Nacional, solicitó el “tratamiento de urgencia” del plan normativo, documento que ya tuvo media sanción en la Cámara de Senadores y será analizado también de manera veloz en la cámara baja. El tratamiento figura en el punto 9.

La diputada Cristina Villalba (ANR-HC), presidenta de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, había solicitado la inclusión del tren de cercanías para esta sesión.

La aplanadora cartista de la Cámara de Senadores el pasado 29 de noviembre dio media sanción y sin mucho debate al proyecto de ley, que no solamente le da a Ferrocarriles del Paraguay (Fepasa) la posibilidad de evadir las leyes 1.618/2000 de concesiones de Obras y Servicios, 5.102/2013 de Alianza Público-Privada (APP) y 7.021/22 de Contrataciones Públicas, sino también a la ley N° 1.535 de “administración financiera” del Estado. Además, le da un “superpoder” al Ejecutivo.

Con este nuevo proyecto de ley, pretenden puentear la ley N° 1.535, pese a que durante los 35 años de “subconcesión” que otorgará Fepasa a uno o más socios privados, el Estado realizará millonarios desembolsos al fideicomiso que se creará para el pago de las obligaciones a la empresa que resulte adjudicada para construir, operar y mantener el ferrocarril eléctrico.

Uno de los principales desafíos para que el proyecto avance es la liberación de la franja de dominio, para lo cual, el nuevo proyecto de ley prevé expropiaciones, reubicaciones e incluso desalojos.
Uno de los principales desafíos para que el proyecto avance es la liberación de la franja de dominio, para lo cual, el nuevo proyecto de ley prevé expropiaciones, reubicaciones e incluso desalojos.

Constitución de fideicomiso

Con el proyecto de ley, que sancionarían a tambor batiente, nuevamente el cartismo autoriza al poder Ejecutivo la constitución de uno o más fideicomisos (de administración y pagos) para cumplir con las obligaciones derivadas de los compromisos firmes y contingentes cuantificables del Estado y Fepasa.

En este sentido, el texto que tiene media sanción del Senado autoriza al Poder Ejecutivo a incluir en la reglamentación parámetros o condiciones relativas al fideicomiso, su administración, fondeo y recursos de forma tal a asegurar la viabilidad del “tren de cercanías”. O sea, le otorga un “superpoder” al presidente de la República, Santiago Peña, para el desarrollo del proyecto.

Así también el Ejecutivo debe prever en la reglamentación los costos que correspondan por resolución de controversias que pudieran surgir del o de los contratos de subconcesión celebrados para la implementación del plan, que requerirá una inversión de unos US$ 600 millones.

También compromete al Estado paraguayo, a través del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones a prever los recursos necesarios en su presupuesto, de manera a mantener anualmente en el fideicomiso un importe que sea suficiente para satisfacer los compromisos firmes de cada año, así como el 10% como mínimo de los compromisos contingentes que surjan del o de los contratos de subconcesión para el proyecto “tren de cercanías”.

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