Aplanadora cartista aprueba otro proyecto para el tren de cercanías: dan luz verde a Fepasa a evadir leyes

A las apuradas, la Cámara de Senadores aprobó el nuevo proyecto de ley con el cual se busca implementar el tren de cercanías entre Asunción e Ypacaraí. El plan normativo, que pasa a diputados, le da a Fepasa la posibilidad de evadir las leyes de Contrataciones, de APP y de concesiones.

Uno de los principales desafíos para que el proyecto avance es la liberación de la franja de dominio, para lo cual, el nuevo proyecto de ley prevé expropiaciones, reubicaciones e incluso desalojos.
Uno de los principales desafíos para que el proyecto avance es la liberación de la franja de dominio, para lo cual, el nuevo proyecto de ley prevé expropiaciones, reubicaciones e incluso desalojos.Gentileza

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Tras el fracaso del plan que se pretendía concretar con Corea del Sur, la aplanadora cartista de la Cámara de Senadores aprobó esta tarde de forma urgente otro proyecto de ley, “que establece el nuevo marco normativo para la implementación del tren de cercanías” entre Asunción e Ypacaraí, cuya inversión rondaría los US$ 600 millones.

El plan normativo busca regular el procedimiento para la rehabilitación del Ferrocarril “Presidente Carlos Antonio López”, mediante la implementación del proyecto ferroviario denominado “Tren de Cercanías”, en el tramo mencionado, movido con energía eléctrica renovable.

El proyecto estará a cargo del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y de la concesionaria Ferrocarriles del Paraguay S.A. (Fepasa), a través de una subconcesión, por 35 años, a empresas privadas, incluyendo el plazo de la fase constructiva.

Según el plan normativo, se busca autorizar expresamente a Fepasa “a suscribir con el sector privado uno o más contratos de subconcesión, previo dictamen favorable del Consejo Nacional de Empresas Públicas, para la implementación del proyecto”.

Tren de cercanías: Excluyen las leyes de concesión, APP y Contrataciones Públicas

Lo llamativo es que del proyecto de ley excluyeron expresamente las leyes 1618/2000 de concesiones de Obras y Servicios, la Ley 5102/2013 de Alianza Público Privada (APP) y la ley 7021/22 de Contrataciones Públicas, las cuales regulan los procedimientos de contrataciones del estado para el desarrollo de obras.

En este sentido, según el texto aprobado, la concesión otorgada por el Estado a Fepasa, así como el o los contratos de subconcesión que firme el ente para la implementación del plan, se regirán por las normas establecidas en la nueva ley o por los reglamentos que dicte Fepasa SA, dando la posibilidad de evadir las otras leyes.

El papel del MOPC también será preponderante, ya que deberá suscribir una adenda con Fepasa para ampliar el plazo de la concesión de la estatal, además de cubrir las obligaciones financieras del Estado en la “subconcesión” e incluso liberar la franja de dominio del ferrocarril.

Se prevén reubicaciones de los ocupantes precarios.
Se prevén reubicaciones de los ocupantes precarios.

Licitación para elegir al “subconcesionario”

Según el plan normativo, la selección del subconcesionario se realizará a través de un proceso competitivo, o sea, una licitación, “con base en los principios de economía, eficiencia, igualdad, libre competencia, publicidad y transparencia de conformidad a lo establecido en la presente ley, en las resoluciones que dicte Ferrocarriles del Paraguay S.A., previo dictamen del Consejo Nacional de Empresas Públicas, y en función a las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones”.

“Los plazos a regir en el proceso de licitación competitiva serán determinados por Fepasa”, reza en el proyecto de ley y “el anuncio de la convocatoria se publicará, como mínimo, por 5 (cinco) días en un diario de circulación nacional, y se difundirá en el portal del Sistema de Información Nacional de Contrataciones Públicas”.

Asimismo, prevé que, en el caso en que participen empresas extranjeras, estas deberán asociarse con empresas nacionales, conforme a las normas del el Pliego de Bases y Condiciones.

Siempre, según el texto del Ejecutivo, las etapas de la licitación respetarán, como mínimo, el siguiente orden: (i) Elaboración y aprobación de las bases y condiciones de licitación. (ii) Publicación del llamado de licitación en el portal de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas. (iii) Recepción y apertura de ofertas. (v) Evaluación de ofertas y (v) Adjudicación.

Liberación de la franja de dominio

Uno de los principales desafíos para que el proyecto avance es la liberación de la franja de dominio, para lo cual, el nuevo proyecto de ley prevé expropiaciones, reubicaciones e incluso desalojos “para dar prelación al interés general sobre el interés particular”.

En el fracasado plan que pretendieron implementar con Corea, el Gobierno había estimado una inversión de US$ 33 millones para liberar la franja de dominio, pero no se sabe si este monto se mantendrá con el nuevo plan, ya que ni Fepasa ni el MOPC salen a dar explicaciones.

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