Con respecto al proyecto de ley presentado el 12 de mayo de 2016 a la Honorable Cámara de Diputados, por los Diputados Pilar de Paredes, Cynthia Tarragó, Oscar González Drakeford, Horacio Carísimo entre otros, con relación a la liberación del ejercicio de la profesión de Notarios y Escribanos a través del usufructo de registros notariales que podrá ser usufructuado por toda persona de nacionalidad paraguaya o paraguayo naturalizado y haber obtenido el título de Notario y Escribano Público, expedido por una universidad nacional o por una universidad extranjera revalidada por una universidad nacional, sin más que otros requisitos se pude manifestar lo siguiente: negar justicia a dichos Notarios y Escribanos Públicos para el ejercicio del usufructo de registros notariales supone un absurdo jurídico y violatorios de los artículos 46, 47 y 86 de la Ley Fundamental de la República, que garantiza el derecho a la igualdad ante la ley, a la igualdad de oportunidades al trabajo, que se hallan consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y a la Dignidad de las Personas y demás Convenciones interamericana, Pactos internacionales y Protocolos adicionales, ratificados por nuestro país y leyes nacionales que deben ser cumplidos de buena fe e integran el derecho positivo paraguayo en orden de prelación.
23 de diciembre de 2024