17 de noviembre de 2024
La Resolución 127/ 22 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) lo que hizo fue equiparar el salario de los trabajadores rurales al mínimo legal vigente, tal como lo establece el Art.92 de la Constitución Nacional y el Art. 228 del Código Laboral, que era de G. 813.517 por mes para la categoría A y G. 1.118.431 por mes para la B, haciendo que se igualen a todas las otras actividades económicas, en G. 2.289.324 por mes, explicó el viceministro, Luis Orué.