El Poder Ejecutivo planteó el proyecto de reglamentación de la senaduría vitalicia con un mayor detalle de su función. El asesor jurídico de la Presidencia aclaró que incluso con la reglamentación se plantean limitaciones a la función del vitalicio, incluso limitar su opinión en casos de conflictos de interés.
Recientemente, el presidente de la República, Mario Abdo Benítez, presentó al Congreso un proyecto de ley para reglamentar la senaduría vitalicia, condición que, de acuerdo con el artículo 189 de la Constitución, está reservada para los extitulares del Poder Ejecutivo. Con el ánimo de ahondar en el tema y exponer las ideas que están por detrás, quisiera compartir, de manera muy breve, algunas reflexiones.
Senadores liberales y colorados indicaron que el proyecto que reglamenta la senaduría vitalicia, presentado la semana pasada por el Poder Ejecutivo, deberá ser analizado y estudiado detalladamente por el pleno de la Cámara Alta del Congreso, pero ya de por sí algunos parlamentarios indicaron que “es sumamente interesante” que los expresidentes de la República ejerzan un rol de senadores vitalicios y presenten proyectos.
El Poder Ejecutivo presentó ayer un proyecto de ley que ya tuvo entrada en el Senado, donde plantea reglamentar el artículo 189 de la Constitución Nacional “de las senadurías vitalicias”, que como punto principal pretende que los expresidentes solo tengan inmunidad de opinión y no de proceso judicial.
Este viernes, el presidente de la República, Mario Abdo Benítez, anunció que enviará al Congreso el proyecto de ley para reglamentar la senaduría vitalicia. La presentación estuvo a cargo de Hernán Huttemann, ministro secretario general, y César Trapani, asesor jurídico de la Presidencia.
“El proyecto puntualmente intenta inaugurar ciertos mecanismos legales para poner en marcha la figura de senaduría vitalicia”, Carlos Trapani, Asesor Jurídico de la Presidencia.