Uno de los pocos deberes que la Carta Magna impone a los paraguayos es el de prestar el servicio militar, “con plena dignidad y respeto hacia la persona”, durante no más de un año en tiempo de paz. De hecho, se ha convertido en uno voluntario, cumplido en condiciones que suelen conllevar vejámenes, sin que el defensor del pueblo de turno –hoy Miguel Godoy– crea necesario intervenir de inmediato. Es que la enorme mayoría de los sujetos obligados no se enrolan ni invocan razones éticas o religiosas ante dicho comisionado parlamentario, ejerciendo un derecho previsto en la misma norma constitucional: el año pasado hubo solo 3.230 objetores de conciencia, pero las Fuerzas Armadas no tienen más de catorce mil conscriptos. Esto implica que el Consejo Nacional de Objeción de Conciencia al Servicio Militar Obligatorio (SMO), presidido por el defensor del pueblo, no está recargado de trabajo a la hora de aceptar o no la objeción formulada por los declarantes.