22 de enero de 2025
El director jurídico de la Secretaría Nacional de Defensa al Consumidor y al Usuario (Sedeco), Gustavo Benítez, se refirió a la resolución Nº 1470/2024 por la cual se reglamenta la ley 5427/2015. Dijo que si bien existe una normativa que dispone la prohibición de realizar cobro adicional al precio de venta de cualquier bien o servicio cuando la forma de pago sea tarjeta de crédito, la ley no contempla el peaje como un bien comercial, sino como un tributo. Por tanto, en los peajes sí sería válido encarecer el precio con el uso de pagos digitales.