17 de noviembre de 2024
Ciertamente, la antijuridicidad de las conductas que se ejecutan dentro del régimen empresarial, se encuentra bajo parámetros de ponderación punitiva, puesto que, se han considerado como imputables. Ante ello, los elementos que se integran dentro de la construcción dogmática de la tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad van congeniando con la dinámica de acciones ilícitas y las consecuencias negativas a los bienes jurídicos que se integran en el ordenamiento penal económico.