23 de diciembre de 2024
El Ministerio de Salud reglamentó el uso, control y manejo del principio activo “Misoprostol” en los establecimientos de salud. El mismo será utilizado solamente para el tratamiento ginecoobstétrico, según las siguientes indicaciones: interrupción del embarazo con feto muerto y retenido, aborto incompleto, hemorragia posparto, inducción del parto con feto vivo, según indicación médica, embarazo postérmino y huevo anembrionado.