La primera y única enmienda existente hasta ahora en nuestra Constitución fue realizada entre los años 2010 y 2011. La intención en aquel entonces fue otorgarles el derecho del sufragio a los paraguayos que, por diferentes motivos, viven en el exterior.
Unas 300 magistradas y magistrados de Iberoamérica están reunidas en Ciudad del Este para debatir sobre el control de convencionalidad desde una perspectiva de género, en el marco del XX Encuentro de Magistradas. El objetivo es recurrir cada vez más a esta herramienta jurídica para combatir el flagelo de la violencia contra la mujer.
Las elecciones para convencionales constituyentes realizadas el 1 de diciembre de 1991 fueron de las últimas en las que los partidos políticos tradicionales pusieron sus mejores representantes. El fruto fue la Constitución más completa y libre de nuestra historia. Hoy se le pueden discutir algunos aspectos a la misma, pero en aquella Convención Nacional hubo debate, diálogo, intelecto y raciocinio.
La Constitución Nacional fue promulgada el 20 de junio del 1992 y sigue vigente hasta ahora, pero ya en una época distinta a la que se vivía hace tres décadas. ¿Cómo se llegó a esta Carta Magna y qué desafíos tuvo? Para contestar a una serie de preguntas, un abogado constitucionalista y una asociación civil brinda más detalles en la siguiente nota.
No ha escapado, desde luego es un imposible, la última de las tantas tramoyas de violentar, ya es un hábito, la Constitución Nacional (CN) por personeros del movimiento de Honor Colorado y afines empotrados en el Congreso. Me refiero a la devolución del fuero que fue retirado a ciertos legisladores con cuentas ante la Justicia y luego “devuelto” sin más argumento que “una suerte de venganza” y “ser una cuestión política privativa”, demostrando ante propios y extraños que la Constitución para aquellos puede ser violentada sin atajo alguno y sin consecuencias.
El mismo Senado que el 4 de abril restituyó sus respectivos fueros a los procesados Erico Galeano (ANR, cartista), Hernán Rivas (ANR, cartista) y Rafael Filizzola (PDP) pretendió corregir trece días después su “error” (según ellos) revocando la insólita decisión, es decir, volviendo a suspender la inmunidad parlamentaria de los beneficiarios, como si aquí no hubiera pasado nada. Lo grave del asunto es que la anterior medida ya había sido notificada al Ministerio Público, teniendo “el inmediato efecto de detener los procesos”, según señaló el fiscal general del Estado, Emiliano Rolón, en la acción de inconstitucionalidad promovida contra ella ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ). Lo perpetrado por los senadores cartistas en connivencia con la multibancada que les es condicional está muy distante de poder ser calificado como un “error”: en puridad, tiene todos los condimentos para ser considerado como una grave violación de la Constitución Nacional de la República del Paraguay y una intromisión de poderes, un hecho sin precedentes ante el cual ni la Corte Suprema de Justicia ni el Ministerio Público pueden ni deben quedar impávidos.