Declaran asueto para funcionarios públicos el 24 y 31 de diciembre

El presidente de la República, Santiago Peña, firmó este viernes el Decreto que declara asueto los días martes 24 y 31 de diciembre de 2024 para los funcionarios de la administración pública central y entidades descentralizadas. Como es habitual, la disposición excluye del asueto declarado este decreto a los funcionarios y empleados públicos que prestan servicios médicos de urgencia y en horarios especiales.

La Navidad del Paraguay se siente en el Palacio de López
La Navidad del Paraguay se siente en el Palacio de López.

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El mandatario Santiago Peña firmó hoy el Decreto N° 3131 que declara “asueto los días 24 y 31 de diciembre de 2024 para los funcionarios de la administración pública central y entidades descentralizadas”.

Asimismo, excluye el asueto “a los funcionarios y empleados públicos que prestan servicios médicos de urgencia y en horarios especiales, y a los funcionarios afectados a los servicios públicos imprescindibles para la comunidad, comercio exterior y percepción de tributos”.

En el considerado de la disposición gubernamental señala que “las celebraciones de Navidad y Año Nuevo son de gran tradición y significación para el pueblo paraguayo, y conllevan preparativos y desplazamientos de los ciudadanos por todo el territorio de la República, siendo, asimismo, una oportunidad de gran impacto para el turismo interno, el comercio en general y el movimiento de paraguayos que han migrado a la capital o centros urbanos para volver al terruño o bien visitar a familiares”.

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Impacto económico del asueto en vísperas de Navidad y Año Nuevo

El Poder Ejecutivo indica “que en consecuencia, se tratan de feriados de características peculiares, que ocasionan un impacto económico directo e indirecto de gran significancia, por la posibilidad de consumo de bienes y servicios relacionados con el movimiento de personas hacia el interior del país, lo que da vigor a la extensa actividad comercial y turística nacional originada, además de la festividad religiosa que representa la Navidad para quienes profesan la religión católica apostólica y romana, cuyo protagonismo en la formación histórica y cultural es reconocida en el artículo 82 de la Constitución Nacional”.

Señala que “en consecuencia es tradicional, y justificado, establecer un asueto para la función pública en la víspera de ambos feriados, los cuales inciden positivamente en el turismo interno, la economía y en la circulación de paraguayos en su tierra, debiéndose, sin embargo, prever en forma irrestricta la continuidad de los servicios públicos imprescindibles para la comunidad, excluyendo a los funcionarios públicos afectados a la prestación de dichos servicios”.

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