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Como si no hubieran necesidades más urgentes que atender, los parlamentarios nuevamente se autoasignarán el privilegio de viajar en primera clase cuando tengan que ir de “misión parlamentaria al exterior”. La mayoría de los viajes nunca reditúa en la calidad parlamentaria, ni mucho menos en beneficio de la población, simplemente son aprovechados para hacer turismo ocasionando millonarias erogaciones a las arcas públicas.
Mañana, durante el tratamiento de la comisión de Hacienda y el jueves ante el pleno, los senadores no solo definirán si incluyen en el Presupuesto General de la Nación 2025 el “autoaumento salarial” para los parlamentarios, sino también si avalan la propuesta del Poder Ejecutivo de mantener los viajes en “clase ejecutiva” de parlamentarios, ministros de la Corte Suprema de Justicia y ministros del gabinete de Santiago Peña.
Hasta 2023, este artículo 235 establecía que los pasajes aéreos internacionales para los funcionarios y personal de los Organismos y Entes del Estado (OEE) deberán adquirirse en clase económica, con excepción únicamente de los presidentes y vicepresidentes de los poderes del Estado, que podrán viajar en clase Ejecutiva, eso como medida de racionalización del gasto.
En las leyes que aprobaban los presupuestos anuales de años anteriores, se observa que en cada año se puso como una cuestión establecida la compra de pasajes en clase económica para los funcionarios públicos. A partir de este año, el artículo mencionado sufrió una modificación y la excepción se extendió a los ministros de la CSJ, a los congresistas y a la máxima autoridad de las OEE, es decir, a los ministros o secretarios con rango ministerial.
Nuevamente para este año, el Ejecutivo incorpora en el artículo 213 la misma redacción. Los pasajes aéreos internacionales para el traslado de los funcionarios y el personal que prestan servicios en los Organismos y Entidades del Estado (OEE), deberán adquirirse en clase económica, con excepción de los presidentes y vicepresidentes de los Poderes del Estado que podrán viajar en clase ejecutiva.
Asimismo, se exceptúa de esta disposición a los ministros de la Corte Suprema de Justicia, a los congresistas y a la máxima autoridad de los Organismos y Entidades del Estado (OEE), exclusivamente para los casos de viajes que superen las siete horas de vuelo hasta el destino final, incluyendo las escalas.