Denuncian grosera prevaricación de la Corte en proceso contra Abdo y otros

El abogado Enrique Kronawetter denuncia una grosera prevaricación de la Corte Suprema de Justicia (CSJ). Fue al declarar inadmisible el recurso presentado contra la prórroga extraordinaria de la Fiscalía en el proceso contra el expresidente Mario Abdo y otros. Según el profesional, la máxima instancia judicial emitió su resolución fuera de los plazos legales previstos. Afirma que se trata de un precedente nefasto para el sistema de Justicia porque se “revive una causa fenecida”.

/pf/resources/images/abc-placeholder.png?d=2074
ABC Color

Cargando...

Enrique Kronawetter es abogado de Daniel Alberto Farías, uno de los imputados junto con el expresidente Mario Abdo Benítez, por la supuesta filtración de informes de inteligencia financiera sobre el actual titular de la Asociación Nacional Republicana (ANR), Horacio Cartes. Este profesional había presentado un recurso de apelación general contra la prórroga extraordinaria otorgada el 29 de agosto de 2024 al Ministerio Público para la investigación de este caso.

El pedido de impugnación a la prórroga ingresó el 5 de setiembre de 2024, mientras que la máxima instancia recibió el expediente para su estudio el 19 de setiembre de este año, después de darse trámite al recurso y contestado la Fiscalía.

Kronawetter explicó que a partir de ese momento entra a regir el artículo 464 del Código Procesal Penal (CPP) que establece en forma taxativa que: “Recibidas las actuaciones el tribunal de apelaciones (en este caso la CSJ), dentro de los diez días, decidirá la admisibilidad del recurso y la procedencia de la cuestión planteada, todo en una sola resolución…”.

El profesional indicó que en caso de que la CSJ no se expida DENTRO DE LOS DIEZ DÍAS establecidos en el mencionado articulado, entra a aplicarse el Art. 142 del CPP. Este ítem sobre la DEMORA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. RESOLUCIÓN FICTA señala de forma más contundente que: “Cuando la Corte Suprema de Justicia no resuelva un recurso dentro de los plazos establecidos por este código, se entenderá que ha admitido la solución propuesta por el recurrente, salvo que sea desfavorable para el imputado, caso en el cual se entenderá que el recurso ha sido rechazado. Si existen recursos de varias partes, se admitirá la solución propuesta por el imputado”.

Para Kronawetter, ambos artículos son claros y no necesitan interpretación alguna, por lo cual los integrantes de la Sala Penal de la CSJ habrían incurrido –según el abogado– en una grosera prevaricación al emitir el 20 de noviembre de 2024 (60 DÍAS DESPÚES) una disposición mediante la cual declaran inadmisible el recurso de apelación y no hacen lugar al pedido de resolución ficta. La medida está firmada por los ministros César Diesel, Gustavo Santander y Manuel Ramírez.

Resolución fuera de tiempo deja un precedente nefasto, dice Kronawetter

El profesional indicó que esta disposición deja un precedente nefasto dentro del sistema de justicia, porque la Corte evidencia que poco o nada le importa el principio de legalidad al que tanto se apega cuando habla de la corrección y de la lucha contra la impunidad.

Kronawetter resaltó que al cumplirse los plazos tal como establece la ley, la CSJ perdió la competencia para resolver. Señaló que ante esa situación la prórroga otorgada al Ministerio Público es nula, porque la ley es contundente al decir que se admitirá la solución propuesta por el imputado, es decir, el recurso que presentaron.

“Claramente el proceso feneció. El trámite terminó por el incumplimiento de los plazos. La Corte ahora abre una nueva vía y ellos no es que están interpretando, están legislando, se están tomando atribuciones que no le competen, porque ellos están negando lo que dice la ley. Están creando una propia norma a través de una decisión”, denunció.

Kronawetter añadió que la máxima instancia con la resolución también revivió un proceso fenecido y toda actuación a partir de este momento carece de validez, en otras palabras, es nula. “Esto va a tener su repercusión, ya no creo a nivel local, porque la Corte con este acto de prevaricación ha negado el cumplimiento del debido proceso, seguramente esto va a tener su peso en una instancia internacional”, puntualizó.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...