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En la justificación del proyecto de ley “Que establece las 40 horas laborales semanales y deroga varios artículos de las leyes laborales” al que tuvo acceso ABC Color, el senador José Oviedo (Yo Creo) menciona que de acuerdo a diversas fuentes, que se detallan en el análisis de la legislación comparada, el promedio mundial de jornadas laborales es 42,36 horas. El 67,36% de 144 países tienen jornadas laborales de 40 horas semanales o menos. Sólo el 24,31% tienen 48 o más horas semanales.
Oviedo señala que de acuerdo a un estudio de la Universidad de Harvard, la implementación de medidas que aumenten el bienestar de los trabajadores, incluyendo una jornada laboral más reducida, representa los siguientes beneficios empresariales: Aumenta las ventas en un 37%, mejora la productividad en un 31%, reduce los errores de producción en un 19% e Incrementa la creatividad de los equipos 55%.
El senador menciona cinco puntos que claramente se ven afectados con la jornada laboral de 48 horas semanales que actualmente trabajan los paraguayos. Detalla los puntos de acuerdo a la mirada de abogados laboralistas de Paraguay. Entre los que menciona la poca o nula actividad física, mayor consumo de alimentos no saludables, baja calidad del sueño y el descanso, imposibilidad de acceder efectivamente a un control clínico periódico, etc.
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Menciona además, que la dinámica del horario laboral ha logrado que los trabajadores creen una triste frase que dice : “pago alquiler solo para dormir”, “paso más tiempo en el trabajo que en mi casa”, entre otras. Señala que teniendo en cuenta que el servicio de transporte público es pésimo, sostiene que la jornada laboral de muchas personas inician desde las 3, 4, 5 horas de la mañana antes de que estos lleguen efectivamente a su lugar de trabajo.
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Lo que plantea el proyecto de ley
La normativa propone la reducción de la jornada laboral de 40 horas semanales en forma gradual, así como unificar las disposiciones contenidas en varias leyes laborales, sobre la duración de la jornada laboral, atendiendo las particularidades del trabajo diurno, nocturno, mixto, el trabajo doméstico, rural y del transporte.
Establece:
Trabajo diurno: jornadas de 6 h 40 min y 40 horas semanales.
Trabajo nocturno: jornadas de 6 h y 36 horas semanales.
Trabajo mixto: jornadas de 6 h 20 min y 38 horas semanales.
Trabajo de menores de 15 a 18 años: jornadas de 5 h y 30 horas semanales.
Trabajos insalubres: jornadas de 5 h y 30 horas semanales.
En el caso de trabajos rurales y trabajadores con horas extraordinarias el máximo de horas por semana pasa a ser 49 horas. La normativa prevé que la reglamentación este a cargo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) en un plazo máximo de 3 meses. También se propone que la implementación de la norma sea gradual en un plazo de 4 años y que su aplicación efectiva se inicie a los 4 meses de publicada la ley.
Propone la reducción gradual:
1er año: 46 horas
2do año: 44 horas
3er año: 42 horas
4to año: 40 horas
Por último, en el proyecto de ley se establecen incentivos a los empleadores que apliquen las 40 horas semanales desde el primer año de vigencia de la ley.