Promulgada la ley que eleva a 6 años de prisión el maltrato a animales

El presidente Santiago Peña promulgó hoy la ley que establece sanciones más severas para quienes maltraten o dañen a animales. La normativa aumenta el castigo contra dichas clases de acciones al pasarlas a la categoría de crimen (delito grave), que contempla penas privativas de libertad de hasta 6 años.

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En redes sociales, el presidente de la República, Santiago Peña, anunció hoy que promulgó dicha ley que establece puniciones más severas para quienes cometen maltrato a animales. Además, el jefe de Estado adelantó que en los próximos días se enviará al Congreso un proyecto de ley integral para la protección de los animales.

La Cámara de Diputados sancionó el 15 de octubre último el proyecto de ley que aumenta el castigo contra el maltrato a animales, elevando a la categoría de crimen y el establecimiento de penas carcelarias de hasta 6 años.

Con respaldo unánime de los miembros de la referida Cámara y desde la platea por parte de organizaciones sociales de defensa a los animales, fue sancionado el proyecto de ley “que modifica los artículos 32 y 38 de la Ley Nº 4840/2013, ‘de protección y bienestar animal’, modificado por la Ley Nº 5892/2017 (de las infracciones y sanciones)”, que fundamentalmente eleva a categoría de crimen el maltrato a las mascotas.

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Una de las reformas principales está en el artículo 38, que eleva la pena privativa de libertad –que actualmente es de 2 años– a 6 años de prisión. También se establecen plazos para impedir que maltratadores condenados puedan poseer mascotas a su cargo.

Puntualmente, la reforma legal plantea que “las conductas contempladas en el artículo 32 numeral 3 de la presente ley, descritos como hechos punibles contra la protección y bienestar animal, serán de Acción Penal Pública y castigadas con pena privativa de libertad de hasta seis años y en caso de que el animal doméstico considerado mascota resultare muerto, la prohibición de adquirir o poseer otras mascotas, por un plazo que podrá ser de hasta diez años”.

En la reforma de ley también son establecidos 13 incisos de los considerados hechos punibles contra la protección y bienestar animal y por ende aplicables la pena privativa de libertad, entre los que se encuentran: Los actos de crueldad de los que resulte la muerte de un animal; el sacrificio de los animales en contravención a los criterios de eutanasia; los malos tratos y agresiones físicas o psíquicas; abandono y otros.

Activista celebra promulgación de ley

La activista Isabel Mezquita celebró la promulgación de esta ley que endurece las sanciones. Según señaló, la norma representa un avance significativo en la lucha por el bienestar animal y la justicia.

“Cuando vemos actos de crueldad animal, que vemos muchos desgraciadamente, todos pedimos cárcel”, expresó Mezquita, subrayando que ahora existe una ley que permite castigar efectivamente estos actos. Sin embargo, reconoció que la medida no erradicará por completo el maltrato animal, pero sí constituye un importante paso para generar conciencia en la sociedad.

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Mezquita también destacó el rol de los activistas en la consecución de esta herramienta legal. “Logramos esta herramienta que le faltaba a la justicia”, afirmó.

Instó a la ciudadanía a no quedarse en silencio ante estos hechos. “Le decimos a la gente que denuncie el maltrato animal, que denuncie la crueldad animal”, concluyó.

La activista hizo un llamado a seguir trabajando en favor del bienestar animal, advirtiendo que aún queda mucho por hacer para erradicar el maltrato y la violencia contra los animales en el país.

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