Estas son las condiciones para una reforma constitucional, según abogada constitucionalista

Ante los comentarios de algunos legisladores y referentes cartistas sobre una supuesta intención de hacer una reforma constitucional, la abogada constitucionalista Shirley Franco aseguró que cualquier reforma debe justificarse con una base científica y que no se deben modificar los derechos obtenidos con las luchas sociales. Citó cuáles son las condiciones para una reforma, pero aseguró que hoy en día, dichas condiciones no existen.

La Constitución Nacional y las declaraciones fundamentales
La Constitución Nacional y las declaraciones fundamentalesArchivo, ABC Color

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Una reforma implica una modificación de la Constitución, es decir, abrir paso a que se puedan modificar ciertos artículos o capítulos incluso la Constitución entera, a diferencia de la enmienda, que solamente permite modificar algunas disposiciones en la Constitución, explicó Shirley Franco, abogada constitucionalista. Esto luego de que algunos referentes del cartismo intentaron instalar el tema de la reforma para lograr habilitar la reelección presidencial.

“Estamos habilitados para hacer una reforma, si es que se dan las condiciones normativas, que está establecido en el artículo 289 de la Constitución, que establece que procederá luego de 10 años de promulgada la Constitución. ¿Quiénes pueden solicitar?, el 25% de los legisladores de cualquiera de las Cámaras del Congreso, el Presidente de la República o 30.000 electores que tienen que hacer la petición firmada”, explicó sobre el inicio del proceso.

Dijo que luego se tiene que declarar la necesidad de la reforma, que tiene que ser aprobada por mayoría absoluta de dos tercios de los miembros de cada Cámara del Congreso (30 senadores y 54 diputados como mínimo).

Después es el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) tiene que llamar a elecciones en un plazo de 180 días (y no deben coincidir con otras elecciones), a los efectos de integrar la Convención Nacional Constituyente, que tendrá su cargo el estudio de un nuevo cuerpo constitucional.

Asamblea Constituyente debe ser de amplio consenso

La constitucionalista indicó que se necesitan mayorías calificadas para estos casos, algo que la Asamblea Constituyente del 92 previó para que no sea una forma tan sencilla de modificar, o por lo menos no en cuanto a sencillez, sino que por lo menos haya un amplio consenso respecto de la necesidad de una reforma constitucional.

“Es como firmar un nuevo pacto social, se tiene que justificar, no por ciertas decisiones de ciertas personas o de ciertos grupos, sino que se asume de que es el pueblo a través de la Convención Nacional Constituyente a quien le está dando potestad para que elabore un nuevo pacto social, sobre las bases de las circunstancias, es un derecho vivo, va cambiando esto, de hecho que el derecho siempre evoluciona conforme evoluciona el ser humano”, señaló.

Agregó que la Constitución establece en el artículo 290 taxativamente que no se utilizará el proceso de enmienda, sino el de la reforma cuando se refiere a los capítulos 1, 2, 3 y 4 del Título 2 de la Parte 1 de la Constitución, donde se fijan los derechos fundamentales y que afecten al modo de elección, composición, duración de mandato, de las atribuciones de los poderes del Estado.

“Cuando uno ya abre a la posibilidad de una reforma, no es específicamente con relación a una sola disposición, ya se puede modificar uno, dos, tres, cuatro o completo, no se pueden enlistar ni limitar, eso es atribución exclusiva de la Convención Nacional Constituyente de hacer ese trabajo, esa es su potestad”, dijo al ser consultada sobre si al convocar a una constituyente se pueden modificar también otros puntos, además de los que se solicitan en la convocatoria.

Reforma Constitucional: se espera participación de todos los sectores

La constitucionalista tomó como ejemplo la reforma constitucional de 1992, en la que se cambió completamente la Constitución, porque había un nuevo paradigma, pasar de un régimen dictatorial a un régimen democrático.

“La participación que tuvo de todos los sectores, y eso es lo que se espera en cualquier proceso de reforma constitucional, que participen todos los sectores, no solamente un sector, sino que sea representativo conforme a lo que es nuestra República, eso es lo que se pretende siempre en una República independiente, donde tenemos esa tradición jurídica donde hay participación, hay pluralidad y hay representación, que son los tres componentes principales de lo que es nuestro sistema democrático”, precisó.

Agregó que según nos muestra la historia, siempre hubo una razón de la necesidad de un cambio paradigmático, de romper algo y comenzar de cero, aunque también ejemplos en donde se han hecho reformas Paraguay específicas, como la Carta Política de 1940, que se instaló mediante un plebiscito y que se hizo para sostener una posición de status quo.

Señaló que en la constitución la asamblea constituyente no puede exceder del total de los integrantes del Congreso, es decir, exceder de 125, no significa que hay un mínimo, pero dice que hay un techo. Además, los constituyentes no se les atribuye un salario o dieta, pero en cuanto a las inmunidades, tienen las mismas que los miembros del Congreso.

Reforma Constitucional: “No sería correcto que retrocedamos”

La abogada afirmó que asusta mucho la narrativa y el discurso con respecto a la restricción de muchos derechos, más aún considerando la posibilidad de una reforma constitucional, por lo que destacó que es importante no retroceder y sostener el modelo republicano.

“Siempre y cuando sigamos teniendo República, todo bien. Lo que no sería correcto que retrocedamos, habiendo ya ganado el sistema republicano de gobierno, un estado social de derecho, esos debates tendrían que volver a hacerse o no, pero esperemos que no, que eso ya sea algo como que ha quedado”, refirió.

Admitió que se debe revisar la legislación, considerando que tenemos muchas leches leyes desfasadas con relación a la Constitución actual, que aun cuando no se hayan promovido acciones de inconstitucionalidad, siguen alejándose de lo que es el nuevo paradigma constitucional.

“Hay leyes todavía que no han evolucionado conforme a la nueva Constitución Nacional, no nos vamos a ir lejos, el Código Civil mismo, que es el año 87, que es anterior a la Constitución, que no ha sufrido ninguna modificación a pesar de todas las cuestiones que generan o instituciones que están dentro del derecho civil que pertenecerían al derecho procesal constitucional, como el amparo, el habeas data que no está regulado, o sea, hay muchas cosas todavía que hay que revisar”, indicó.

Reforma constitucional en este momento “no es pertinente”

La abogada constitucionalista dijo que una reforma constitucional en este momento no es pertinente, y cree que la constitución del 92 puede tener sus defectos, pero es una de las mejores en Latinoamérica.

“Quizás alguna institución que están dentro de la Constitución, instituciones jurídicas, me refiero, requieren de algunas modificaciones, como el caso de las gobernaciones por ejemplo, que yo siempre cuestiono, o quizás la función de las Fuerzas Armadas, habría muchas cosas que podíamos analizar, pero no de derechos, yo creo que los derechos son ganados ya hasta este momento y si es que revisamos los derechos podríamos estar retrocediendo habiendo ya sobrepasado todas esas luchas porque las luchas sociales tuvieron sus resultados”, aseveró.

Dijo que cualquier modificación o reforma tiene que tener un fundamento, una justificación racional, razonable, una justificación jurídica, más allá de la justificación política, desde la sociología del derecho, desde la teoría del derecho, qué es lo que quiere la gente, se justifica con base científica.

“Toda reforma, sea constitucional, reforma legislativa, tiene que ser con base científica, datos, ¿qué datos tenemos como para que justifiquen los cambios?, ¿tenemos o no tenemos solvencia científica para que podamos generar algún tipo de cambios para mejor?, o si los datos nos están diciendo que si hacemos estos cambios, vamos a retroceder, entonces tenemos que tener también un diálogo con la academia”, refirió.

Cuestiones que debilitan a la Constitución

Lamentó que no solamente en Paraguay, sino en la región, como México, Argentina, Bolivia están queriendo instalar y atropellar las constituciones, y que se debe revisar que cuando no hay justificación, se elabora una política desde arriba, pero no se piensa en cuáles son los argumentos, los fundamentos, la necesidad de sacar algo.

“Hay algunas cuestiones que debilitan, en ese afán de la Constituyente de que no caigamos nuevamente en regímenes no democráticos, sobre todo mirando a los presidencialismos fuertes, como eran los presidentes de la República en aquel momento, era la década de los 80, solamente Paraguay, Chile, Argentina, Uruguay entonces no querríamos volver a eso, entonces se le sacó más poder para otorgarle más atribuciones, para no decir poderes, al Poder Legislativo”, concluyó.

Agregó que quienes ostentan el poder están desbalanceado este principio de división de poderes que tanto ansiamos, pero más allá de los cuestionamientos que podemos hacerle a la Constitución, también tiene mucho que ver cómo se ejercita ese poder por las personas, quiénes son los que nos representan, la calidad de nuestros representantes y que si todo fluyera bien, a lo mejor no pasaría este desbalance de poderes.

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