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“Rechazamos la nula, ilegal e ilegítima convocatoria de la Convención Extraordinaria para el 6 de octubre del año en curso, realizada por unos miembros del Directorio del PLRA, en total violación a las formalidades requeridas por nuestro Estatuto partidario”, expresaron los presidentes de comités de la ciudad de San Lorenzo.
Dicho llamado a convención fue hecho por miembros del Directorio del PLRA que militan en el movimiento “Nuevo Liberalismo”, integrado principalmente por llanistas y dionisistas. La convocatoria a convención se realizó durante una sesión paralela del partido sin la presencia del presidente del PLRA, Hugo Fleitas, y los vicepresidentes primero y segundo. Para ese efecto, el Nuevo Liberalismo designó a la secretaria general del PLRA, Blanca Lila Mignarro, para dirigir las “sesiones”. Sin embargo, la convocatoria fue judicializada por la dirigente de Ñemby, Regina Ríos, y otros miembros, pero los Tribunales Electorales de la Capital, del TSJE, aún no se expiden.
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“Deploramos el propósito de la convocatoria de dicha convención, el desdoblamiento o adelantamiento de las elecciones para renovación de autoridades partidarias, en directa contraposición a los principios constitucionales, estatutaria y de las leyes electorales”, agregaron los presidentes de los comités N° 1, 2, 3, 4 y 5.
Indicaron además que la convocatoria a Convención fue realizada como un atropello a la institucionalidad del PLRA y en una falta de respeto a los dirigentes de base, presidentes de comité y afiliados en general.
Agregaron que esto solo fue perpetrado para aprobar el “Desdoblamiento o Adelantamiento de las elecciones de renovación de autoridades partidarias”, en total violación de la Constitución Nacional, el Código Electoral y el Estatuto Partidario.
“Estos hechos al mismo tiempo atenta directamente contra el Estado de Derecho, la Democracia y el respeto a la voluntad popular expresada a través del voto directo de los afiliados en elecciones”, indicaron.
Renovación solo en internas
Afirmaron además que el Código Electoral en su artículo 154 establece que las elecciones de renovación de autoridades partidaria deben realizarse conjuntamente con las elecciones internas municipales o, en su defecto, con las elecciones internas departamentales y nacionales.
Igualmente, señalaron que el Estatuto partidario, en sus artículos 37 y 58, establecen que las autoridades partidarias durarán en sus cargos 5 años o 60 meses. “Nuestras autoridades partidarias fueron electas y proclamadas en el año 2021, es decir, deberán estar en el cargo hasta el año 2026″.
“Instamos a los Convencionales, a los Miembros del Directorio propiciantes de este quiebre institucional a deponer sus actitudes que dañan no solamente al Estado de derecho sino la imagen y credibilidad de nuestro partido, que será visto por la ciudadanía, como una copia de la ANR a cuyas autoridades siempre criticamos por violentar la Constitución y las leyes”, aseveraron.