Senado aceptará veto parcial a ley de adultos mayores

El Senado aceptará la objeción parcial y sancionará la parte no objetada al proyecto de Ley N° 7322/2024 “que establece la pensión universal para las personas adultas mayores y dispone beneficios de acceso e inclusión”.

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La Cámara de Senadores aceptará la objeción parcial del proyecto de ley de pensión de adultos mayores.Fernando Calistro

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El Poder Ejecutivo objeta parcialmente el artículo 16 de la Ley N° 7322/2024 “que establece la pensión universal para las personas adultas mayores y dispone beneficios de acceso e inclusión”. sobre otros beneficios sociales de los adultos mayores.

Del artículo 16 se mantendrá que “las personas adultas mayores de 65 años de edad accederán a medio pasaje en el transporte público urbano, interurbano, de corta, mediana y larga distancia nacional”.

El Ejecutivo pide al Congreso vetar del texto el plazo de aplicación del beneficio para las personas adultas mayores y eliminar: “A tal efecto, el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones deberá prever por medio del Viceministerio de Transporte los mecanismos para hacer efectivo en un plazo no mayor a 90 días de entrada en vigencia de la presente ley”, señala la objeción del Poder Ejecutivo.

Sostienen en la objeción parcial del artículo citado que su aplicación obedece a la inviabilidad técnica y operativa que la misma plantea en materia de implementación.

Los senadores como Cámara de origen sancionarán los otros aspectos contemplados en la normativa como la inclusión automática y se elimina el mecanismo del censo para el acceso a la pensión del Estado.

Adultos mayores: requisitos para acceder a la pensión

Los adultos mayores a partir de los 65 años para acceder a la pensión no deberán ser cotizantes del seguro social, tampoco que perciban salarios del sector público o privado y cobren alguna jubilación o tengan registrados al menos 30 cabezas de ganado.

También deberán ser paraguayo natural o naturalizado, con por lo menos cinco años de residencia o extranjero con por lo menos 30 años de residencia permanente, recibirá una pensión mensual no menor al 25% del salario mínimo legal vigente, el cual será reajustado automáticamente, conforme a la variación del mismo

También los adultos mayores de los pueblos originarios accederán a los 55 años y quienes tengan discapacidad severa a los 60 años. Asimismo, se establece que la asignación mensual no será reembolsable, será intransferible e inembargable.

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