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El Senado aprobó con modificaciones el proyecto de ley que regula los permisos laborales para embarazadas. La parte sustancial de la normativa establece en el artículo 4° que toda trabajadora en estado de gestación, tanto del sector público como del privado, cualquiera fuere la naturaleza jurídica de su relación laboral, tendrá derecho a ausentarse de su lugar de trabajo, con la finalidad de concurrir a las consultas, controles y estudios prenatales que sean necesarios para el cuidado efectivo tanto de la gestante como de la persona por nacer.
Asimismo, se da potestad al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social de establecer en la reglamentación, el número mínimo de controles prenatales necesarios. Los permisos para cada control pre natal serán de hasta cuatro horas. Dichas horas se computarán como trabajadas a todos los efectos legales, no pudiendo ser descontadas del salario o remuneración. La extensión de las cuatro horas de permiso será posible cuando el médico tratante lo recomiende.
También en el artículo 5° se menciona que a los efectos del ejercicio de los derechos las trabajadoras deberán dar aviso a su empleador con, por lo menos dos días de anticipación, sobre las consultas, controles y estudios prenatales a los cuales asistirá, con excepción de los casos de urgencia que ameriten otro tratamiento.
Se señala que dichos permisos no podrán ser negados bajo ninguna circunstancia.
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Además, las trabajadoras deberán acreditar la asistencia a las consultas, controles y estudios realizados mediante una constancia o comprobante emitido por el profesional tratante o de la entidad prestadora de servicio de salud correspondiente. La reglamentación fijará la forma y los plazos de presentación de las constancias o comprobantes de asistencia a las consultas, controles y estudios pre natales.
Sobre los certificados médicos se señala que las entidades prestadoras de servicios de salud, sean públicos o privados y los profesionales tratantes están obligados a expedir las constancias o certificados médicos de las consultas, controles y estudios prenatales, conforme la reglamentación.
Amarilla y cartistas a favor de reducir multas a empresas que incumplan
El senador expulsado del PLRA, Dionisio Amarilla, dijo que la sanción de multas de 50 jornales mínimos diarios (G. 5.381.350) a 100 jornales mínimos diarios (G. 10.762.700) es desproporcionada y que no se tuvo en cuenta a las empresas Mypimes.
“No se tiene en cuenta el tamaño de la empresa”, dijo y recibió el apoyo de la bancada cartista de bajar la multa a 10 jornales mínimos diarios (G. 1.076.270) y a 50 jornales mínimos diarios (G. 5.381.350), según el caso.