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El problema del allanamiento a la casa del diputado Eulalio “Lalo” Gomes, quien falleció durante el procedimiento en un enfrentamiento con la Policía, se inicia con la orden judicial emanada por el juez Osmar Legal, según opinó y explicó el senador Rafael Filizzola.
“La discusión sobre el allanamiento en el domicilio del diputado Eulalio Gomes hasta ahora se centra en el operativo fiscal policial, pero el problema se inicia con la orden judicial emanada del juez Osmar Legal. El Código Procesal Penal establece lo que debe contener una orden de allanamiento. A continuación, una revisión de lo que prescribe el Código y lo que efectivamente contiene el mandamiento de Legal”, escribió en su cuenta de X.
En el primer punto explicó que el Código Procesal Penal (CCP) establece que los registros y allanamientos solo podrán realizarse entre las 06:00 y las 18:00 (art. 186) y que solo en casos excepcionales se realizan en horario nocturno, en los que el juez que los autorice debe señalar los fundamentos en la resolución. “Este requisito no se cumplió, alegar “complejidad” no es motivar o justificar la decisión”, cuestionó el legislador.
“También dice que debe identificarse a la autoridad designada para el operativo. El allanamiento fue solicitado por dos fiscales, pero la orden de allanamiento cita a 10 fiscales. El 16/08, la FGE resuelve conformar un equipo de trabajo integrado únicamente por 3 de los 10 agentes fiscales”, al referirse a un segundo punto con respecto a la orden de allanamiento.
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Muerte de Lalo Gomes: orden de allanamiento debe consignar motivo
En un tercer punto, según indicó el senador Filizzola, se debe consignar claramente el motivo preciso del allanamiento en la orden.
“En la orden de allanamiento dice “Detener a personas sospechosas de formar parte del esquema de lavado de activos y reunir elementos de convicción (evidencias) contenido en algún objeto”. Pero la detención debe ser expresamente autorizada y el implicado debidamente identificado. No se puede “detener a personas sospechosas”, sin especificar quiénes son las mismas. Sin olvidar que el diputado no estaba desaforado, no podía ser detenido, y ni siquiera estaba imputado”, criticó.
Como cuarto punto, explicó que también debe consignar, con indicación, los objetos buscados.
“En la orden de allanamiento se establece “drogas, armas de fuego, documentos, dinero, joyas, accesorios de valor económico, computadoras/notebooks, equipos GPS, DVR, cualquier otro dispositivo de almacenamiento, vehículos, aeronaves, embarcaciones, ganado”. Se autoriza a incautar todo accesorio de valor económico, pero deberán señalar luego la vinculación de lo incautado con los hechos investigados. Es decir, en un allanamiento no se puede autorizar a llevar todo lo que encuentren a su paso, como lo hizo el juez Legal”, escribió en su cuenta de X.
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Muerte de Lalo Gomes: orden debe consignar diligencias
En un quinto punto, Rafael Filizzola refirió que también se deben consignar las diligencias a practicar en la orden de allanamiento, así como se establece, además, “uso de la fuerza pública: ingresar al lugar con apertura de candados, puertas, ventanas o cualquier medio que haga posible el fiel cumplimiento del cometido”.
“El Código Procesal Penal (Art. 190) señala expresamente que serán notificados los habitantes, a través de la copia de la orden de allanamiento. Establece también que el notificado será invitado a presenciar el registro, y que el uso de la fuerza está reservado únicamente si no hubiera personas en el lugar, o si hubiera resistencia al ingreso”, agregó.
Como sexto punto, dijo con respecto a la detención de personas que “¿de qué manera podrían detener a un legislador no desaforado? Sin mencionar las aeronaves, embarcaciones y ganado… que son improbables en una casa de zona céntrica”.
“El juez Osmar Legal emitió una orden genérica que habilitó a los agentes a incautar lo que fuera y detener a quien sea. Además, sin justificar el motivo por el cual se realizaría de madrugada, fuera del horario ordinario”, cuestionó.
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No se deberían normalizar allanamientos con órdenes genéricas
Por último, el senador dijo que no se debería normalizar allanamientos con órdenes genéricas que no cumplan mínimos requisitos que están en la ley, ni la famosa “patada de allanamiento”.
“Si en un caso de estas características operan de esta forma, podemos imaginar lo que pasa en la casa de un “ciudadano común”. La Fiscalía dirige el operativo, aquí no podemos limitarnos a mirar las actuaciones del personal operativo. La CSJ y el JEM tendrían que ocuparse del juez y ser serios con su labor”, finalizó.