EE.UU. establecía que pagos a Horacio Cartes debían ser en una cuenta bloqueada

Las tres licencias generales Magnitsky emitidas el año pasado por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de EE.UU. establecían en forma clara los mecanismos que debían ser aplicados por el designado “significativamente corrupto” Horacio Cartes y sus empresas. En una de ellas se menciona, por ejemplo, que cualquier pago a una persona bloqueada debía convertirse en una cuenta bloqueada. Según los datos, Tabesa pagó al titular de la ANR en efectivo y el mismo habría sido fuera del plazo previsto.

Horacio Cartes, expresidente y actual titular de la ANR, designado como "significativamente corrupto" por EE.UU.
Horacio Cartes, expresidente y actual titular de la ANR, designado como "significativamente corrupto" por EE.UU.Daniel Piris

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La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés) del Departamento del Tesoro de EE.UU. emitió el año pasado tres licencias generales Magnitsky con respecto al designado “significativamente corrupto” Horacio Cartes y sus empresas sancionadas. Dos de los documentos tienen fecha 26 de enero de 2023, mientras que el tercero está fechado el 31 de marzo de 2023.

Los permisos establecían en forma concisa y hasta si se quiere didáctica los procedimientos a ser implementados luego de las sanciones. En uno de ellos, identificado como GL5, por ejemplo, se autorizaba ciertas transacciones relacionadas con Frigorífico Chajhá SAE, mientras que en la otra licencia GL6 se autorizaba la liquidación de transacciones involucrando a Bebidas USA Inc., Tabacos USA Inc., Frigorífico Chajhá SAE, Dominicana Acquisition SA o ciertas entidades bloqueadas, propiedad de Horacio Manuel Cartes Jara.

En esta última licencia (GL6) se autorizaba, sujeto a ciertas condiciones, transacciones prohibidas por las Regulaciones de Sanciones Globales Magnitsky, 31 CFR parte 583 (GMSR).

Estas, normalmente, son incidentales y necesarias para la liquidación de cualquier transacción que involucre a cualquiera de las entidades “Cartes designadas”, o cualquier entidad en las que Cartes o las entidades de Cartes designadas poseen, directa o indirectamente, una participación del 50 por ciento o más (colectivamente, “entidades de Cartes bloqueadas”), hasta las 12:01 AM, hora del este, del 27 de marzo de 2023, SIEMPRE QUE CUALQUIER PAGO A UNA PERSONA BLOQUEADA DEBE CONVERTIRSE EN UNA CUENTA BLOQUEADA DE ACUERDO CON EL GMSR, decía en forma taxativa el documento.

GL 6 no autoriza ninguna transacción que involucre al propio Cartes.

Info ABC
Info ABC

Con relación a la licencia general GL7 del 31 de marzo de 2023, se autorizaba ciertas transacciones que involucran a las entidades bloqueadas Tabacos USA Inc. (Tabacos) y Tabacalera del Este SA (Tabesa) (o cualquier entidad en la que Tabesa o Tabacos posean, directa o indirectamente, individualmente o en conjunto, un 50 por ciento o mayor capital o interés), que normalmente sean incidentales y necesarias para los pagos, en virtud del Acuerdo de Conciliación Maestro (MSA, por su sigla en inglés) celebrado el 23 de noviembre de 1998, entre algunos fiscales generales de estados y territorios de EE.UU. y algunas compañías tabacaleras.

Es decir, lo único que se autorizaba con este documento eran transacciones en marco del acuerdo sobre comercialización de cigarrillos en los 17 estados del país norteamericano.

Tabesa hizo primer pago a Cartes de G. 90.398 millones en efectivo

Lo cierto es que Tabesa realizó un primer pago de G. 90.398 millones, alrededor de US$ 12 millones EN EFECTIVO a Cartes por sus acciones, siendo lo más llamativo que habría sido fuera del plazo establecido. Esto, pese a que la misma OFAC en la GL6 alentaba a las personas no estadounidenses que no pudiesen liquidar transacciones con entidades de Cartes bloqueadas antes de las 12:01 AM, hora del este, del 27 de marzo de 2023, a buscar orientación de la OFAC.

Tabesa afirmó que aún le debe a Cartes otras nueve cuotas anuales de G. 90.398 millones (US$ 12 millones) por las acciones, sin considerar el monto variable previsto. El plazo es hasta 2033.

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