Fiscalía pide desestimar causa contra Ale “Tratito” Ovelar

Los fiscales Diego Arzamendia, Jorge Arce y Francisco Cabera, de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción presentaron un pedido de desestimación en la causa que investiga a Alejandro “Tratito” Ovelar, hijo del senador Silvio “Beto” Ovelar, por supuesto cobro indebido de honorarios y otros.

Alejandro Ovelar Ayala, tratito
Alejandro Ovelar Ayala, tratito

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El pedido de desestimación de la causa por supuesto cobro indebido de honorarios por el que estaba investigado Alejando “Tratito” Ovelar, hijo del senador Silvio “Beto” Ovelar, fue presentado hoy por los fiscales Diego Arzamendia, Jorge Arce y Francisco Cabrera.

En su escrito, los agentes afirman que no se pudieron probar varios de los hechos penales por los que se investigaba al hijo del legislador colorado cartista.

Sobre el nepotismo, argumentaron que carece de sanción penal en el ordenamiento jurídico vigente, y en cuanto a la definición, no resultaría aplicable al caso particular, dado que los actos administrativos de contratación o nombramiento para cargos públicos lo realiza una persona que no se encuentra vinculada directamente por relación de parentesco o consanguinidad con el funcionario en cuestión.

Sobre el hecho punible de administración en provecho propio, argumentaron que Silvio Ovelar se desempeñaba como presidente de la Cámara de Senadores, por tanto no pudo haber sacado provecho de la contratación de su hijo, ya que el mismo fue contratado por la Cámara de Diputados, institución con ordenamiento y administración diferente al Senado.

Según Fiscalía, Alejandro Ovelar no cometió hecho punible

Además, aseguran que no se pudo corroborar que Silvio Ovelar haya obtenido algún beneficio en provecho propio en la contratación de su hijo.

El tráfico de influencias, explicaron que es entendida como la utilización de la influencia personal a través de conexiones con personas que ejercen autoridad o posiciones de poder con el fin de obtener favores o trato preferencial, no encontraron indicios que indiquen que los diputados Carlos María López y Raúl Latorre hayan recibido o se hayan hecho prometer dinero o cualquier otro beneficio como estímulo para contratar a Alejandro Ovelar Ayala.

Tampoco encontraron indicios de que Silvio Adalberto Ovelar haya prometido u entregado sumas de dinero, beneficios o estímulos para obtener un favor de un funcionario. Por consiguiente, afirman que no se configuran los presupuestos de la tipicidad del tráfico de influencias.

Con respecto al hecho punible de cobro indebido de honorarios, aseguraron que no existen sospechas que hagan presumir que Alejandro Ovelar Ayala haya percibido remuneraciones no debidas, pues se encontraba cumpliendo las funciones para las cuales fue asignado por disposición administrativa. Además, concluyeron que Alejandro Ovelar acudió regularmente a su lugar de trabajo, de acuerdo al registro de las celdas utilizadas por su teléfono celular y las marcaciones registradas en la Cámara de Diputados.

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