Este es el monto que quieren que paguen quienes no hicieron el Servicio Militar Obligatorio

En audiencia pública realizada ayer en la Cámara de Diputados, la Defensoría del Pueblo, a cargo de Rafael Avila, presentó un anteproyecto de ley que propone cobrarle G. 515.455 a los que no hicieron el Servicio Militar Obligatorio (SMO). Para eludir el pago, se propone un trabajo comunitario bajo ciertas condiciones.

La Defensoría del Pueblo quiere que se cumpla la ley para que los que no hacen el Servicio Militar Obligatorio, paguen o brinden servicio civil.
La Defensoría del Pueblo quiere que se cumpla la ley para que los que no hacen el Servicio Militar Obligatorio, paguen o brinden servicio civil.Archivo, ABC Color

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Si bien ya hay una Ley vigente, la Nº 4013/2010 “que reglamenta el ejercicio del derecho a la Objeción de Conciencia al Servicio Militar Obligatorio y establece el Servicio Sustitutivo al mismo en beneficio de la población civil” (que ya establece un pago y otras medidas para evitar el SMO), esta iniciativa no tiene aplicación efectiva por lo que la Defensoría del Pueblo plantea una reforma a dicha ley.

La audiencia pública realizada en el salón Comuneros de Diputados estuvo encabezada por la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, diputada Roya Torres (PLRA, A), acompañada del representante de la Cámara Baja ante la Defensoría, diputado Carlos María López (PLRA, PL) y el Defensor del Pueblo, Rafael Ávila.

“No es la base principal (el cobro), la base principal es que se cumpla el servicio. En caso que ya no puedan por estar estudiando u otro problema, sí se puede optar por el pago, pero para nosotros no es lo principal”, alegó Ávila.

De izquierda a derecha: El defensor del Pueblo, Rafael Ávila, la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, diputada Roya Torres y el diputado Carlos Marías López.
De izquierda a derecha: El defensor del Pueblo, Rafael Ávila, la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, diputada Roya Torres y el diputado Carlos Marías López.

El pago establecido en la ley vigente y que se quiere mantener con la reforma asciende a un único pago de cinco jornales (G. 515.455 actualmente), según la propuesta, es solo una de las formas para sustituir el Servicio Militar Obligatorio.

Pago por no realizar servicio militar, el punto más criticado

El monto elevado de la erogación fue uno de los principales puntos de crítica de organizaciones civiles que participaron de la audiencia, entre ellos el representante de la Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay (Codehupy), el abogado Eduardo Aguayo.

“A nosotros nos parece que es un poco excesivo cinco jornales teniendo en cuenta la población del interior del país, a la que resultaría excesivo este monto. Creo que no sería real optar por esta opción”, dijo Aguayo, planteando hasta una especie de discriminación.

La titular de la Dirección General de Objeción de Conciencia al SMO, Giselle Rivas, justificó dicho monto alegando que Nº 569/75 del “Servicio Militar Obligatorio” establece tasas incluso mayores de pago a los que fueren exonerados del servicio.

Acotó que también se establecen alternativas, como ser la realización del servicio sustitutivo, o una declaración de insolvencia o la exoneración por ser sostén de familia.

La propuesta presentada ayer es un anteproyecto y podría sufrir modificaciones tras el debate.
La propuesta presentada ayer es un anteproyecto y podría sufrir modificaciones tras el debate.

Desde el Servicio Paz y Justicia -Paraguay (Serpaj), Vidal Acevedo, fue más contundente diciendo que ellos abogan por la derogación del Servicio Militar Obligatorio y el Servicio Civil, y que en todo caso sea optativo, ajustados a los actuales tiempos de democracia.

¿Qué es el Servicio Civil Sustitutivo?

El pago es solo uno de los mecanismos para exonerar la obligación de realizar el Servicio Militar Obligatorio, pudiendo prestar servicio civil, dice el anteproyecto de ley discutido ayer en Diputados.

Si no se quiere o no se puede pagar, un ciudadano tiene la opción de ejercer labores computables que no persiguen el lucro y sean de interés general para la sociedad, en especial para los sectores sociales más necesitados. Los favorecidos por servicios prestados no deben pertenecer en forma exclusiva a agrupaciones políticas, religiosas u otra índole sectaria.

“El punto clave es que se pueda certificar que cumplió con el tiempo establecido que es de 480 horas y 240 en caso de ser estudiante”, indican.

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