Con el Registro de Agresores Sexuales de Niños vigente, ahora plantean la “Notificación Comunitaria”

Es esta fecha en que se recuerda el Día Nacional contra el Abuso y la Explotación Sexual de Niños y Adolescentes del Paraguay la Corte Suprema de Justicia finalmente habilitó la plataforma web del Registro Nacional de Agresores Sexuales de Niños, que plantea evitar que personas condenadas puedan estar a cargo de sus potenciales víctimas. Sin embargo, el diputado Rodrigo Blanco (PLRA, PL) plantea el siguiente paso, una especie de mapeo de los lugares de residencia a través de las notificaciones comunitarias.

Alarmantes cifras de abuso sexual en menores de edad, en Paraguay.
Ante las alarmantes cifras de abuso sexual en menores de edad en Paraguay, plantean ampliar la ley de Registro de Agresores Sexuales de Menores.

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El líder de la bancada PL del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA) en Diputados, Rodrigo Blanco, proyectistas de la actual Ley Nº 6.572/2020 que “crea el Registro Nacional de Agresores Sexuales de Niños, Niñas y Adolescentes y el Banco Genético”, ante las cifras cada vez más alarmantes que habla de que un niño o niña es abusado cada 3 horas en nuestro país, plantea implementar otra medida adoptada internacionalmente, que es la “Notificación Comunitaria”.

Blanco primeramente celebró el anuncio de la implementación efectiva del Registro de Agresores Sexuales de Niños, que permite evitar que alguien con condena firme y ejecutoriada pueda tener acceso a posibles víctimas al estar registrado, superponiendo el derecho de los niños sobre eventualmente otros que plantee el agresor.

Una persona que ingresa condenado, ya queda de por vida en este registro como un marco de protección para que la ciudadanía y las instituciones puedan tomar conocimiento de quienes son los ciudadanos que tienen esa condición, condición que claramente los estudios muestran que uno lo lleva de por vida, entonces lo que hace el Estado es proteger a los niños de este tipo de ciudadanos y situaciones”, dijo recordando el objetivo de la ley que impulsaron en el 2019, y que finalmente fue promulgada en el 2020.

Sin embargo, según alertó Blanco, esta medida impediría que una personas con estos antecedentes por ejemplo pueda ser contratada en una guardería o en un servicio de asistencia médica pediátrica, pero siguen quedando expuesto eventualmente niños en sus propios barrios, por lo que se plantea una especie de mapeo de los lugares de residencia de los abusadores condenados.

“Queremos llevar al debate al Congreso la ampliación de estas medidas es introducir la figura de la notificación comunitaria. ¿Que sería la notificación comunitaria? Serían medidas que son implementadas ya en muchos países, en donde el condenado por algún por algún tipo de abuso infantil, deba informar obligatoriamente a las autoridades competentes su lugar de residencia. ¿Cuál es el fin? Que el Estado pueda conocer el lugar de residencia”, sostuvo.

Gentileza Prensa Diputados.
Diputado Rodrigo Blanco, proyectista.

Esto ya que en el 90% de los casos de abuso se dan en el país se dan en el entorno cercano de la víctima y en la comunidad misma, ya que “la persona que tiene esta condición, para desarrollar esa intención que tiene de abusar a un niño o niña, lo que busca es establecer un lazo de confianza para a partir de ahí avanzar en su objetivo”, remarcó el diputado liberal.

Según comentó, con la nueva propuesta, es que la Comunidad también pueda estar alerta ante eventuales depredadores, en las calles, las plazas y otros espacios públicos.

“A partir del registro, un segundo paso, el Estado pasa a notificar a esa comunidad de que en la residencia 5 de la calle Juan Perez, reside un agresor sexual, ¿para qué? Para que la comunidad pueda tomar los recaudos y las precauciones correspondientes en el manejo de sus niños y niñas en conocimiento de esa situación”, apuntó.

¿Se puede alegar “discriminación” en estos casos?

Algo que ya se dio en el debate de la ley vigente, es si no es se promueve la “discriminación” a personas que eventualmente ya haya cumplido la pena por el delito cometido, sin embargo, Blanco sin bien dijo que está abierto a debatir el tema, dice que la Constitución en su articulo 54 menciona taxativamente que “los derechos del niño, en caso de conflicto, tienen carácter prevaleciente”, es decir, “es nuestra Constitución que prevalece el derecho de niño y niña”, además de que esto se implementa tras con condena firme.

Finalmente remarcó que todo esto a partir de una condena firme y ejecutoriada, donde “preservando esas garantías que tiene un ciudadano (como la presunción de inocencia y el debido proceso), una vez que tenga condena por algún tipo de abuso, la Corte establece que es un agresor sexual y se lo incluye en el registro”.

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