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En el caso de Orlando Arévalo, que posee una cuestionada fortuna, la sanción es por el plazo de un año, por violar el artículo 10 de la Ley Nº 3711, que regula la emisión de cheques diferidos. Se le atribuye el haber emitido cheques sin fondos.
Dicho artículo refiere que “la persona física o jurídica que en el transcurso de un año librara tres cheques, en moneda nacional o extranjera, cuyos pagos fuesen negados por insuficiencia de fondos o, diez cheques cuyos pagos fuesen negados por defectos formales imputables al librador, aunque fuera contra cuentas distintas, quedará de pleno derecho inhabilitada por un año para girar cheques y operar en cuentas corrientes en todos los bancos del país”.
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Sanción del BNF al diputado Cleto Giménez
Por su parte, el castigo es más severo en el caso del diputado Cleto Giménez (conocido por presuntamente haber incurrido en nepotismo), a quien se le castiga por 3 años.
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En su caso se le imputa la violación del artículo 13, que dice que “la persona física o jurídica que librara un cheque contra una cuenta corriente bancaria cancelada o en talonario de cheque ajeno o adulterado, será inhabilitada por tres años para girar cheques y operar en cuentas corrientes bancarias”.