Designación de Pucheta en el CM: “Si se completa el trámite de juramento, no podemos cuestionar”

Óscar Paciello, titular del Consejo de la Magistratura, explicó que no cuentan con la facultad de cuestionar la designación de cualquier otro órgano para el CM; por lo tanto, si se completa el trámite de juramento de Alicia Pucheta de Correa ante el Congreso, no se podrá cuestionarlo.

Alicia Pucheta de Correa.
Alicia Pucheta de Correa.

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Alicia Pucheta de Correa, colorada cartista y exministra de la Corte, fue designada por el presidente Santiago Peña como representante del Poder Ejecutivo ante el Consejo de la Magistratura (CM) para reemplazar a Enrique Kronawetter, cuyo mandato vence en marzo del 2026.

El presidente del Consejo de la Magistratura, Óscar Paciello, indicó que, de completarse el trámite de juramento de Pucheta, no podrán cuestionarlo. Sin embargo, dijo que el afectado, Enrique Kronawetter, es quien tiene la posibilidad de promover alguna acción para que el Poder Judicial defina si lo realizado por el Ejecutivo “es correcto o no es correcto”.

“Ya hemos sentado una posición clara de que el mandato de Kronawetter se inició en abril del 2023 y por imperio de la Constitución Nacional debe seguir hasta abril del 2026″, sostuvo.

Acción de inconstitucionalidad

También expresó que Enrique Kronawetter podrá plantear la suspensión de los efectos del decreto mientras dure el trámite de la acción de inconstitucionalidad, pero que la Corte es la que debe pronunciarse en tal sentido.

La vacancia no fue comunicada

Paciello especificó que el periodo está establecido de marzo a marzo y que, cuando se produce la vacancia, el presidente del Consejo de la Magistratura cuenta con 30 días para realizar la comunicación.

En este caso, la vacancia no se dio, por lo que aún no fue comunicada; sin embargo, la designación para el representante del Ejecutivo fue realizada.

“La norma exige la comunicación del Consejo para iniciar el proceso. Es un acto administrativo complejo que se inicia con la comunicación de la vacancia, la designación por el órgano y la toma de juramento para que el acto administrativo se complete”, explicó.

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