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La Justicia Electoral, mediante la resolución N° 145/2023 estableció en abril pasado el reglamento aprobado para la aplicación de la multa por no votar en las elecciones nacionales o municipales, prevista en el Art. 332 del Código Electoral, Ley 834/1996. En ese contexto, hace unos días se hicieron públicas las notificaciones a través de la página web del TSJE, en donde se especifica los lugares habilitados para el pago de la multa que equivale a un jornal mínimo (G. 103.091) a favor del ente electoral.
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El TSJE no revela la cantidad exacta de ausentes pero cotejando datos se estima que serían unos 1.471.000 electores. Se excluye a los mayores de 75 años de edad porque ya no están obligados a votar.
“La Dirección de Registro Electoral creará la lista de los ciudadanos habilitados que no votaron. Deberá especificar datos como departamento, distrito, zona, local, mesa y número de orden. Estaremos publicando la lista de los ciudadanos que no votaron a medida que los jueces electorales nos ordenen su publicación”, reza parte del comunicado.
En cuanto a la presentación de justificativos que pueden liberar al afectado de pagar la multa, debe presentarse en un plazo de 30 días corridos, desde el día siguiente a la publicación de la lista completa. En ese contexto, en la página de la Justicia Electoral se tiene la dirección, el horario y la fecha de publicación de la nómina creada por cada Juzgado Electoral diseminado en los 17 departamentos.
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Están excluidos de justificar sus votos o del pago de la multa, además de los mayores de 75 años, los privados de su libertad y paraguayos residentes en el exterior que no figuran en el padrón electoral.