Cargando...
En sesión extraordinaria de Cámara Baja, se hizo un análisis de la importancia de modificar los artículos 8 y 10, y además de la ampliación de la Ley N° 5.282/2014 “De libre acceso ciudadano a la información pública y transparencia gubernamental”. Ambos casos finalmente se sancionaron.
Con relación al artículo octavo, varios legisladores dijeron que con la modificación, las fuentes públicas deben mantenerse actualizadas y a disposición del público en forma constante, como mínimo, con informaciones como: estructura orgánica; nombre completo y currículo de funcionarios que ocupen cargos directivos.
También que se tenga acceso al listado actualizado de todas las personas que cumplan una función pública o sean funcionarios públicos, con indicación de sus números de cédula de identidad, funciones, salarios u honorarios mensuales, entre otras exigencias.
Lea más: Corte debe publicar resultados de las auditorías, insiste ministro Santander
Inclusive se agregó un inciso para establecer la presencia de todas las resoluciones administrativas internas, incluidas las designaciones de funcionarios y de interés general tomadas por sus autoridades. Además de las que reglamenten procesos administrativos para la ciudadanía, comentaron.
Tierras públicas y sus beneficiarios, figuran en cambios en el artículo 10
Del artículo 10, los diputados señalaron que refiere al acceso a datos y documentos elaborados por el Instituto Nacional de Estadística (INE); así como a informes sobre la asignación de derechos de cualquier naturaleza respecto de tierras públicas, sean urbanas o rurales, con destino a la reforma agraria o al acceso a la vivienda.
Se incluye la propiedad horizontal, a través de las instituciones encargadas, quienes expondrán en sus páginas web todos los datos de cada proyecto. Figura un inciso que incluye la lista de beneficiarios de lotes rurales o urbanos que han accedido a los mismos a través de expropiaciones.
Aquí establecieron que el Congreso Nacional tendrá un registro de peticionantes, acompañado de documentos referentes a cada pedido.
Lea más: Corre video de cómo “Bachi” operaba con expropiaciones de tierras
Un apartado para las universidades nacionales
Le diputada colorada cartista, Rocío Abed puntualizó que un apartado del artículo 10, se refiere a la información mínima de las universidades nacionales.
Estas instituciones deben mantenerla actualizada y a disposición del público, de manera informatizada, con una base de datos con todas las resoluciones administrativas de impacto presupuestario. La sanción pasa al Poder Ejecutivo para su veto o promulgación.