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Mauricio Espínola, diputado (ANR Fuerza Republicana), sentó su posición respecto a la decisión que ha tomado el presidente de la República, Santiago Peña, de designar a seis ministros de su Gabinete como miembros del Consejo de Administración de Itaipú Binacional, que deberá afrontar -entre otras cosas- la revisión del Anexo C del Tratado con el Brasil.
Para el legislador, esta designación de Peña viola los artículos 237 y 241 de la Constitución Nacional, en cuanto a las incompatibilidades de los ministros del Poder Ejecutivo.
“Con la simple lectura de dos artículos de la Constitución, sin mayores vueltas, podemos encontrar que resulta difícil pensar que sea compatible ejercer el cargo de ministro y, al mismo tiempo, el cargo de consejero de Itaipú”, puntualizó.
“El consejo de administración es un órgano permanente de Itaipú, encargado de la gestión de la empresa binacional, y no es equiparable a representar al país en un algún espacio internacional”, afirmó.
¿Qué dicen los artículos 237 y 241?
El artículo 241 de la Constitución Nacional dice que los ministros del Poder Ejecutivo tienen las mismas incompatibilidades que el Presidente de la República, salvo el de la docencia.
Mientras que el artículo 237 señala que el Presidente de la República no puede ejercer cargo público ni privado y que debe dedicarse exclusivamente a las funciones.
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Pidió al presidente Peña no “ridiculizar” la Constitución
En otro momento, Espínola insto a Santiago Peña a rever su postura para que la institucionalidad de la República no se vea afectada y que la Carta Magna no sea ridiculizada.
“Si aceptamos que los ministros del Poder Ejecutivo sean consejeros de Itaipú ¿entonces podemos decir que también el presidente de la República o el vicepresidente de la República podrían ser miembros del consejo de Itaipú? Porque las incompatibilidades son las mismas. No ridiculicemos a la Constitución”, reflexionó.