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Ante la llegada a ABC de dos oficios remitidos por los fiscales Aldo Cantero, Rodrigo Estigarribia y Daniela Benítez, solicitando que sean remitidos datos sobre el o los periodistas que escribieron dos notas periodísticas relacionadas a declaraciones de Lilian Samaniego y Salyn Buzarquis, el abogado Ricardo Yódice sostiene que dicha solicitud genera preocupación.
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Detalló que los oficios fueron remitidos en el marco de una presunta preinvestigación por denuncia falsa sobre personas innominadas.
“Me llama poderosamente la atención porque el rigor de denuncia falsa requiere que una persona perfectamente identificada formule una instancia penal ante una autoridad encargada y que esa persona conozca la falsedad de los hechos”, refirió el letrado.
Aseveró que la otra hipótesis es que esa persona formule esta instancia de manera pública a sabienda de la falsedad del hecho.
Yódice sostuvo que, si bien el Ministerio Público cuenta con facultades de investigación y pedidos de informes a entidades privadas, el digesto procesal penal condiciona a que este tipo de requerimiento debe tener claramente la identificación del procedimiento del cual se está requiriendo información, quién es la persona imputada.
“En este caso nos dicen que no saben determinar quién es la persona y nos piden una serie de datos que no comprendo bien el impedimento de acceder de manera directa”, señaló.
Pretenden limitar una facultad constitucional, señala
El abogado enfatizó que, cuando el oficio pide datos de la persona o personas que redactaron el contenido de las publicaciones, resulta cuanto menos sospechoso de que, en primer lugar, los agentes fiscales, en vulneración del artículo 26 de la Constitución Nacional, pretendan limitar la facultad constitucional que supone generar, procesar y difundir información.
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Según refirió el letrado, los mismos fiscales dicen que creen que hay una denuncia falsa, pero no saben a quién atribuir. “Me parece una paradoja absoluta. ¿Qué puede aportar una persona que redactó una información periodística relacionada a un hecho que no proviene dichamente del periodista ni del medio, sino la recolección de fuentes públicas de información?”, se cuestiona el abogado.
El representante legal señaló que según las dos publicaciones, los datos provienen de personas que, en los momentos que realizaron declaraciones de interés público, ostentaban los cargos de ser senadores.
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“Pareciera que la línea investigaba está orientada en saber quién divulga lo que ha dicho anteriormente otra persona que, por haberlo dicho desde el curul parlamentario, tiene inmunidad que hace inviable cualquier ejercicio de acción penal”, lamentó.
Serie de errores en oficios
Yódice sostuvo que otro de los errores formales llamativos encontrado en dicho pedido, es la mención del artículo 144 del Código Procesal Penal, que hace referencia al deber de cooperación entre entidades públicas, mientras que Editorial Azeta es una entidad privada.
“Hay una serie de desaciertos que motivan a entender qué es lo que están investigando estas personas”, refirió el abogado.