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Lizarella Valiente, senadora cartista que recientemente tuvo que recular en su postura relacionada al proyecto de derogación del convenio con la Unión Europea de cooperación con el sistema educativo, ahora presidió la comisión que ha recomendado otro proyecto de ley que está siendo duramente cuestionado.
Se trata del proyecto sobre prohibición de enseñanza de “ideología de género” en instituciones educativas, cuya aprobación fue recomendada por la Comisión de la Familia, Niñez, Adolescencia y Juventud de la Cámara de Senadores.
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La propuesta fue presentada por los senadores Natalicio Chase, Carlos Giménez, Gustavo Leite, Orlando Penner y Lizarella Valiente, y tiene como objetivo la prohibición de carácter absoluto de lo que denominan “ideología de género”, y de ser aprobada y promulgada, se aplicará sin excepción alguna en todas las instituciones educativas del país, en todos los niveles, sean públicas o privadas, y cuyas clases sean realizadas en forma presencial, telemática o híbrida.
Sanción por “ideología de género”
El proyecto de prohibición de enseñanza de “ideología de género” en instituciones educativas expresa que el incumplimiento de la normativa acarreará al infractor sanciones de índole penal y/o administrativo para las personas que incumplan con la normativa.
Acompañaron la reunión los senadores Natalicio Chase, Rubén Velázquez, Hermelinda Alvarenga, Pedro Díaz Verón y Zenaida Delgado.
“Ideología de género” no existe, según experta
El proyecto de ley es duramente cuestionado, tanto por representantes y referentes de la comunidad de LGTBIQ+, como por expertos en derecho, debido principalmente a que la “ideología de género” no existe y que la ley iría en contra de varios artículos de la Constitución Nacional.
Alejandra Peralta Merlo, abogada experta en derechos humanos, había explicado que la definición de “ideología de género” que presenta el proyecto proviene de un grupo religioso, específicamente del Centro Bíblico Teológico Pastoral para América Latina y el Caribe.
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Agregó que el término surgió en 1995 como una estrategia discursiva durante la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer en Beijing, en respuesta a los avances en políticas públicas para la agenda feminista y diversidad sexual de las personas LGTBIQ+.
Estado no puede tener injerencia en vida privada
Alejandra Peralta Merlo aseguró que el Estado no puede tener injerencia en un aspecto de nuestra vida privada, como es nuestra sexualidad, y que necesariamente debe generar políticas de acceso igualitario a todos los derechos en igualdad de condiciones
Hizo hincapié en que estos principios están establecidos en la Constitución Nacional, también en tratados internacionales e, incluso, dentro del ordenamiento jurídico nacional e internacional.
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Enfatizó en que tampoco se puede sancionar al que no discrimina, ni penalizar utilizando un concepto erróneo cuya fuente es una página teológica, situación que estaría en contraposición de la libertad de culto que también está amparada dentro la Carta Magna. “Pretender discriminar a través de la mala interpretación de conceptos es inviable”, puntualizó.