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El Colegio de Abogados del Paraguay envió una nota al presidente de la Corte, César Diesel, para pedir que mantenga la postura de excluir a los abogados que son funcionarios públicos para la elección de representantes miembros del Consejo de la Magistratura.
Argumentan la decisión basándose en que los funcionarios públicos con título de abogado no pueden ejercer la profesión, ya que son inhábiles, y como tales, no deben integrar el padrón para las elecciones de representantes. La incorporación de los funcionarios públicos, viola los artículos 254 y 262 de la Constitución Nacional, según argumentan.
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Poderes de turno atentan independencia de la justicia
Según el Colegio de Abogados del Paraguay, aseguran que actualmente los poderes políticos de turno intentan de manera indisimulada, y por todos los medios, inficionar a los órganos extra poder creados por la Constitución para garantizar la independencia del Poder Judicial, como lo son el Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
Por eso, consideran que un cambio de postura por parte de la Corte para las próximas elecciones de abogados, implicaría un grave retroceso en el proceso de transparencia, legitimidad y, por sobre todo, de independencia del sistema de justicia.
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Reiteran además que la Constitución también inhabilita a los magistrados (ar.t 254), a los agentes fiscales del Ministerio Público (art. 270), al Defensor del Pueblo (art. 278) y al Contralor General de la República (art. 284).