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En entrevista con los medios, la senadora del Partido Cruzada Nacional, Yolanda Paredes, negó que el senador Beto Ovelar le haya ofrecido el cargo de vicepresidenta del Congreso Nacional. Añadió que, de hecho, no le interesa estar dentro de la Mesa Directiva.
Con respecto al senador electo también por Cruzada Nacional, Rafael Esquivel, más conocido como Mbururu, a Paredes también le preguntaron su opinión sobre si este debe jurar o no.
Ante esto respondió que se debe cumplir estrictamente lo que dice la Constitución Nacional y las leyes. “Si nosotros en la Cámara de Senadores vamos a empezar violando la ley, yo no estoy de acuerdo. Tenemos que empezar respetando la Constitución y la ley. Lean la Carta Magna y después hablamos”, expresó la congresista electa y esposa del excandidato a la presidencia Paraguayo Cubas.
Recibió su certificado en la cárcel
El político Rafael Esquivel, alias Mbururu, recibió su certificado de proclamación en la cárcel de Ciudad del Este, donde está recluido por abuso sexual en niños y tentativa de homicidio, entre otros hechos. El mismo hizo alarde de los votos que recibió.
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Mbururu tiene un frondoso prontuario fiscal-judicial, con más de 50 causas en su contra. En dos de los procesos penales se le impuso prisión preventiva: uno por abuso sexual en niños y otro tentativa de homicidio, robo y otros hechos.
Su defensa ya había anticipado que una vez proclamado debe ser puesto en libertad para tomar juramento y asumir el cargo. Con esto logrará su inmunidad parlamentaria por lo que se deberá solicitar su desafuero para seguir con los procesos en su contra.
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Defensor solicitará revocatoria de prisión
El abogado Rodolfo Fariña, quien ejerce de defensa técnica de Mbururu, manifestó que en los próximos días solicitará la revocatoria de autos de prisión de su cliente, en las dos causas. Es decir, solicitará que se dejen si efectos las resoluciones judiciales por las cuales se dispuso su prisión preventiva.
Fariña fundamenta la defensa de su cliente en el artículo 191 de la Constitución Nacional, que dispone que, “ningún Senador o Diputado podrá ser detenido, desde el día de su elección hasta el del cese de sus funciones, salvo que fuera hallado en flagrante delito que merezca pena corporal. En este caso, la autoridad interviniente lo pondrá bajo custodia en su residencia, dará cuenta de inmediato del hecho a la Cámara respectiva y al juez competente, a quien remitirá los antecedentes a la brevedad”.