Procuraduría alerta sobre indemnización de Acepar

La Cámara Alta tratará hoy -al borde de la sanción ficta- el proyecto de ley que busca indemnizar a obreros y exobreros de Aceros del Paraguay SA (Acepar) por un monto de hasta G. 24.000 millones. La norma, que cuenta con media sanción de Diputados, tendrá sanción automática este lunes 29 de no tratarse en la Cámara de Senadores. La reunión está convocada para las 09:00.

Sesión de la Cámara de Senadores de este jueves.
Senadores tratarán hoy el proyecto de ley que indemniza a trabajadores y extrabajadores de Acepar.abctv

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El procurador general de la República, Rodolfo Andrés Barrios Duba, alertó sobre la posibilidad de que se sancione el proyecto de ley que busca indemnizar a obreros y exobreros de Acepar al señalar que ocasionaría un perjuicio a los intereses patrimoniales del Estado. La Procuraduría pidió buscar otros medios alternativos de financiación para el pago de los beneficios laborales y sociales a los trabajadores.

El asesor jurídico de la Contraloría, Derlis Paredes, dijo que si bien el proyecto es importante en el aspecto social, necesariamente se debe recabar suficiente información que demuestre la legalidad del pago que se pretende hacer.

Afirmó que se deben agregar varios elementos y considerar si Hacienda puede disponer de los G. 24.000 millones.

Acepar era una empresa pública hasta 1993, cuando fue entregada al consorcio privado Cosipar. En 2013 se frenó ese proceso de privatización y fue arrendado sin mucho éxito.
Acepar era una empresa pública hasta 1993, cuando fue entregada al consorcio privado Cosipar. En 2013 se frenó ese proceso de privatización y fue arrendado sin mucho éxito.

Alcance del proyecto de ley de indemnización de Acepar

La norma autoriza al Poder Ejecutivo, a través de los ministerios de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y de Hacienda, a proceder al pago de indemnización del pasivo laboral de los obreros y exobreros de Aceros del Paraguay Sociedad Anónima, por los conceptos de salarios caídos, insalubridad y peligrosidad y sus respectivas cargas sociales del régimen legal del seguro social obligatorio para obreros y empleadores, así como los intereses generados en concepto por la indemnización.

Menciona además que el resultado de la liquidación por los conceptos laborales de insalubridad y peligrosidad de los obreros y exobreros de Acepar deberá documentar el pago a través de la Escribanía Mayor de Gobierno.

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