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Si bien se prevé que esta semana acapare la atención en Cámara Baja la imputación y pedido de desafuero del diputado y senador electo Erico Galeano (ANR, HC), la Comisión de Asuntos Constitucionales había puesto en agenda de su sesión dictaminar varios proyectos de ley relacionados al tema electoral.
Compra de voto
Uno de los proyectos plantea modificar el artículo 280 del Código Penal que refiere al “soborno” al elector, que actualmente establece penas de hasta 5 años de prisión o multa para “el que ofreciera, prometiera u otorgara una dádiva u otra ventaja a otro para que no votara o lo hiciera en un sentido determinado”.
La propuesta de modificación plantea elevar la pena a categoría de crimen, con una pena de 6 años de prisión y elimina la posibilidad de evadir el castigo con multa.
Igualmente se agregan agravantes y penas más elevadas, por ejemplo, en el caso de que el que ofrezca sea candidato a un cargo electivo donde la pena será de entre 6 y 12 años. Misma pena se establece para casos donde haya coacción o amenaza por parte del autor del ofrecimiento.
Retención de cédulas
Otro proyecto también plantea establecer sanciones para la retención de cédulas, que actualmente no está contemplado en el Código Penal. En tal sentido se plantea que “quienes retuvieren los documentos de identidad de los electores el día de las elecciones o exigieren el voto en un sentido determinado, mediante el ofrecimiento o entrega efectiva de dádivas sufrirá la pena de tres a seis años de penitenciaría”, mismo castigo a ser aplicable para el que acepte el dinero.
Voto asistido
También se pretende una reglamentación más clara para una de las modalidades muy aprovechadas en las últimas elecciones para la inducción al elector, como fue la modalidad de “voto asistido”.
El “voto asistido” nace de la buena intención de ayudar a personas con discapacidad para ejercer su derecho al voto, pero en las pasadas elecciones hubo un abuso, permitiendo que operadores políticos acompañen hasta el cuarto oscuro a personas mayores, con la excusa de que no estaban familiarizadas con el voto electrónico.
Por ello, el proyecto de modificación del artículo 834 del Código Electoral plantea establecer que los que acrediten necesitar el voto asistido “podrán servirse para el efecto de un familiar que acredite relación de parentesco mediante cédula de identidad o pasaporte, o persona de su confianza”.
A fin de que una vez más la ley no sea vulnerada a través de esta figura de “persona de confianza”, también se establece que el voto asistido se dará en una mesa especial, donde el acompañante deberá consignar sus datos.
Reserva de bancas a compatriotas
Por otra parte, también figura en el orden del día de la comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados el estudio del proyecto que plantea “reservar” dos bancas para paraguayos residentes en el exterior.
Según detractores la legalidad constitucional es dudosa, atendiendo que anteriormente ya habían sido rechazadas iniciativas iniciales, como cuando se planteó lo mismo para representantes de pueblos originarios.
Este proyecto presentado por el diputado Enrique Mineur (PLRA, llanista) establece como único artículo “reservan dos escaños en la Honorable Cámara de Diputados para la representación de los paraguayos residentes en el extranjero”.
Además de la dudosa legalidad de “reservar” bancas, en este caso también habría un impedimento constitucional puesto que la Carta Magna establece que los 80 escaños en diputados serán repartidos entre los departamentos dentro del territorio nacional y Capital, según la cantidad de votantes.
Hay que recordar que en la enmienda constitucional del 2011 donde se habilitó el voto en el exterior, esta refería únicamente a reconocer el derecho al sufragio de los compatriotas migrantes, pero no se incluyó la posibilidad de aspirar a cargos electivos estando fuera del país.