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La Cámara de Senadores aprobó con modificaciones el proyecto de ley que plantea sancionar el desacato de un pedido de informes del Poder Legislativo a los ministros, titulares de ente, intendentes y otros administradores que no respondan los pedidos de informes que exige el Congreso y cuya respuesta es obligatoria según la Constitución.
La norma, que pasa a consideración de la Cámara de Diputados, establece que el que incumpliere un pedido de informe remitido por la Cámara de Senadores o la Cámara de Diputados en virtud del Art. 192 de la Constitución Nacional, o los pedidos de informes remitidos por las Comisiones de ambas Cámaras en virtud del Art. 186 última parte de la Constitución Nacional, será castigado con pena privativa de libertad (…) de hasta dos años o multa.
Señala, además que si el autor cometiere el hecho, mediando reiteración del pedido o fuere un funcionario público, en los términos del Artículo 14, numeral 14 del Código Penal, la pena será aumentada hasta cinco años de pena privativa de libertad, además será inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos por el término de cinco años.
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Pedidos de informe sin respuesta serían elevados a la Fiscalía
En los casos del párrafo anterior o cuando el mismo facilitare, posibilitare o encubriere la comisión de otros hechos punibles, (…) será sancionado como cómplice de estos delitos. La Cámara respectiva cuyo pedido de informe no hubiere sido respondido o en caso de haber sido respondido, no contemple lo solicitado sin justificación, informará el hecho a la Fiscalía Penal de turno, para que este (…) inicie la investigación penal.