Propaganda política extemporánea nuevamente pulula en todo el país

La mayoría de los candidatos, sean colorados, liberales, concertados o aliancistas, violan abiertamente lo que dice el Código Electoral en cuanto a propaganda electoral extemporánea. El periodo legal recién comienza el 27 de febrero.

Propagada electoral extemporánea inunda las calles del país violando abiertamente el Código Electoral.
Propagada electoral extemporánea inunda las calles del país, violando abiertamente el Código Electoral.Lucía González

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Desde hace semanas se puede ver en Asunción, Central y en varios departamentos del país pintatas de candidatos en muros, gigantografías en espacios publicitarios, pasacalles y pautas pagadas en carteles led. A eso se agrega que radioemisoras y canales televisivos de cable ya emiten propaganda solapada con miras a los comicios generales, lo que constituye un delito electoral.

Las calles de Ciudad del Este ya están minadas de propaganda electoral extemporánea.
Las calles de Ciudad del Este ya están minadas de propaganda electoral extemporánea.

El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) dispuso que el periodo legal para hacer proselitismo comienza el 27 de febrero próximo, es decir, 60 días antes de las elecciones del 30 de abril.

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No solo en las calles pulula el proselitismo extemporáneo: en las redes sociales, la situación es mucho peor. Cada candidato a presidente, senador, diputado, gobernador y concejal departamental tiene su página, al igual que las agrupaciones y partidos políticos. Al respecto, la Justicia Electoral señala que la propaganda en internet y redes sociales no está reglamentada, pero el juez electoral de Central, Modesto Núñez, indicó que también es delito.

Central es uno de los departamentos donde más propaganda electoral se puede ver a destiempo.
Central es uno de los departamentos donde más propaganda electoral se puede ver a destiempo.

Agregó que la cartelería ilegal debe tener multa de las municipalidades, pero ningún intendente hace cumplir dicha disposición; es más, algunos hasta utilizan los recursos municipales en proselitismo.

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Lo que dice el Código Electoral

“La realización de propaganda electoral en la vía pública a través de cualquier medio, tales como pintatas, pasacalles, afiches, carteles, gigantografías, etc., fuera de los plazos señalados, se encuentra absolutamente prohibida y puede constituir hecho punible, de acuerdo con los artículos 324, inciso ‘a’ y 328 del Código Electoral“.

La fecha para comenzar con la propaganda electoral es el 27 de febrero.
La fecha para comenzar con la propaganda electoral es el 27 de febrero.
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