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Lanza, abogado uruguayo especialista en Derechos Humanos y libertad de expresión, estuvo por Paraguay días atrás para la presentación de una serie de trabajos de actualización de la jurisprudencia interamericana en esta materia.
En medio de su agenda, brindó una entrevista para ABC Color en la que refirió su preocupación ante los avances autoritarios
- Como alguien que conoce la realidad regional después de su paso por la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión ¿cómo la situación a nivel regional? ¿hemos tenido avances o se han notado retrocesos?
Estamos en una situación complicada. La democracia está en una situación complicada a nivel global y también a nivel regional. Es claro que la polarización que hay a nivel de las distintas fuerzas políticas y las formas de acceder al gobierno, politizando o desconociendo resultados electorales cuando se está en el gobierno.
También hemos visto casos en los que se ha alcanzado poder por la vía democrática y luego se puso en práctica mecanismos de ataque a la libertad de expresión, a la prensa, pero también a la independencia judicial; otra vez volviendo a tratar de cooptar las instituciones y los poderes del Estado, como ha sucedido en El Salvador, en Nicaragua y Venezuela.
También en los países del Cono Sur que tienen una tradición democrática interrumpida de 30 ó 35 años, hemos visto también escasos avances en una región muy fragmentada. Hemos tenido situaciones complicadas con la protesta social, donde se ha avanzado menos de lo esperado en materia de despenalización de los delitos de prensa y comunicación.
En este panorama, muchas veces, el Poder Judicial sí juega un papel importante y ha sostenido y detenido unos avances autoritarios. Por supuesto que todo el fenómeno de las redes sociales, el clima de polarización y de discursos extremistas -muchas veces proveniente de funcionarios públicos- genera un contexto complejo y difícil para la democracia.
En otras regiones sigue prevaleciendo la violencia contra periodistas, el acoso en línea contra mujeres periodistas. No estamos en el mejor momento para la libertad de expresión y, obviamente, para el sistema democrático.
- En este tipo de escenarios, donde además de la violencia existe la persecución judicial y penal contra periodistas, medios y hasta activistas por la transparencia ¿cómo han notado la situación?
Desde hace muchos años, ya dos décadas, que el Sistema Interamericano de Derechos Humanos primero a través de la Comisión Interamericana y luego varias sentencias de la Corte -en especial las últimas- ha establecido claramente que es inconvencional o contrario a los Principios de la Convención Interamericana el mantener en los códigos penales o en el ordenamiento jurídico figuras penales que afectan la difusión de interés público.
Específicamente lo ha dicho en casos de corrupción y de derechos humanos. Creo que es muy importante en ese sentido. Pero también tenemos que decir que en muchos países como Paraguay, Chile o Brasil todavía persisten estas figuras, no han sido modificadas, no han sido despenalizadas, no han sido siquiera mitigadas o atemperadas por una reforma que priorice el interés público. En ese sentido creo que se prestan para el hostigamiento judicial de la prensa y el periodista.
Son muchos los países de América del Sur y América Latina que mantienen estas figuras pero que no son meramente decorativas. Personas que son investigadas o sobre las que la prensa ejerce escrutinio porque son funcionarios públicos, personas públicas que están involucradas en negocios públicos o asuntos de interés público y social, utilizan estas figuras que son vagas, ambiguas y privilegian el honor y demás, para abrirles un juicio a un periodista.
Esto genera un costo de proceso, esto genera estrés. Esto invierte la carga de la prueba y hace que los periodistas tengan que hacer algo que no está requerido de acuerdo a los estándares internacionales, que es conseguir la prueba casi jurídica de lo que afirma. También, como en el caso reciente de Paraguay, hay condenas que si bien no son prisión efectiva, sí son una condena penal y sí tienen otros efectos y sí hay que pagar luego los costos de litigio.
Mientras tanto, el periodista está con una espada de Damocles, porque otro proceso en contra sí puede significar la prisión efectiva.
- La despenalización de estas figuras, sugerida por el Sistema Interamericano ¿significa impunidad para quienes cometen abusos a través de la prensa?
Obviamente una herramienta fundamental de combate a la corrupción y al abuso de poder es el rol de la prensa investigando, publicando y difundiendo estos episodios. Si quienes son protagonistas de estos hechos de corrupción no solo no son muchas veces sometidos a procesos ni rinden cuentas, sino que además pueden atacar a quienes ponen en discusión y debate estos temas, se genera un caldo de cultivo para la impunidad.
Por eso es tan importante la despenalización, para que sepan los poderosos que realizan actos de corrupción que la prensa tiene una protección en este sentido. No en tanto prensa, no es una protección en tanto corporación, sino que es una protección en tanto el aporte que hace la prensa al interés público, a la democracia y al combate a la impunidad.
No se trata de proteger a la prensa cuando puede afectar la vida privada de una persona, sino en cuanto puede develar algo sobre una persona que está involucrada en un hecho de interés público y es persona pública o está vinculada al poder de alguna manera.
- ¿La utilización de estas figuras penales pueden representar censura de algún tipo para la prensa y periodistas?
Por supuesto. Esta combinación de mantener la ley penal, de ser permisivo con el uso de esta figura y de un Poder Judicial que no hace un control de convencionalidad adecuado y a través de su sentencia puede decidir aplicando la Convención y los antecedentes judiciales que tenemos hoy en el Sistema Interamericano. Todo este conjunto de cuestiones genera un efecto de autocensura.
Tenemos que tener en cuenta que estamos en un momento en el que los modelos de negocios de los medios de comunicación están en peligro. Los medios gráficos que antes eran medios más poderosos que podían de alguna manera financiar el costo de los procesos judiciales, pueden verse afectados en sus arcas, en sus finanzas, en su sostenibilidad por este tipo de juicio.
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Claramente que un periodista que tiene dos o tres juicios de este tipo, va a pensar dos veces si sigue investigando casos donde pueda ser sometido a proceso, dado que quien somete a proceso a un periodista no tiene ningún costo en nuestros países. En Estados Unidos se ha denominado juicios SLAPP (N de la R.: SLAPP es la sigla de Strategic Lawsuits Against Public Participation que traducido significa Demandas Estratégicas contra el Interés Público, también conocidas como DECPP en el contexto de la Unión Europea) o juicios contra el interés público.
Los países deben avanzar en normativas anti SLAPP, normativas donde no sea gratis, donde ya no tenga ningún costo, someter a periodistas y a la prensa por hacer su trabajo a juicios exhorbitantes. Esto es desde el punto de vista de la querella penal, como desde el punto de vista de multas económicas o de juicios o procesos civiles.
- Cuando se trata de procesos civiles, la Sociedad Interamericana de Prensa recuerda siempre que el Sistema Interamericana ha establecido que tampoco deben correr las sanciones económicas desmedidas porque significarían, en el contexto regional, la posible quiebra de un medio. Eso también es un caso de censura...
Hay parámetros claros al respecto. El caso Fontevecchia (N de la R.: la causa de los periodistas argentinos Jorge Fontevecchia y Héctor D’Amico contra el Estado argentino) en su momento y en el más reciente de Moya Chacón contra Costa Rica de la Corte Interamericana.
Se ha dejado en claro que por un lado deberíamos aplicar la doctrina de la Real Malicia, esto es que nadie debería ser responsabilizado cuando no se prueba que lo publicó es falso y lo publicó a sabiendas de eso. En segundo lugar, cuando cualquier sanción debe ser profesional y no se debe fungir como una suerte de castigo, de retaliación, como una suerte de censura.
No olvidemos que el artículo 13 de la Convención Interamericana prohíbe la censura directa y también la censura indirecta. Por lo tanto es un elemento también muy importante a la hora de sopesar, digamos de hacer el balance en un juicio de responsabilidad civil contra la prensa.
- Cuando se dan sanciones penales, civiles desmedidas o incluso actos de violencia contra los periodistas ¿a qué se puede exponer un Estado que no responde efectivamente ante este tipo de situaciones y las permite?
Nuestros países ya tienen 25 años y más de haber ratificado la Convención Interamericana de Derechos Humanos, que es el principal elemento de protección de los Derechos Humanos y de la libertad de expresión en particular. Por lo tanto tienen el deber de respetar los principios que emanan de la propia convención y también de los fallos de los órganos del Sistema Interamericano aunque hayan sido dictados contra otros estados. Precisamente Paraguay, por ejemplo, tenemos casos de difamación e injuria, puntualmente, que en su momento se plantearon y por los que puede ser responsabilizado internacionalmente.
- Hay una especie de tendencia nueva que ha surgido del autodenominado “antiglobalismo” de pretender negar la existencia de estos tribunales supranacionales como la Corte Interamericana, bajo la excusa de la injerencia en la autodeterminación de los países. Pero ha sido esa misma autodeterminación la que ha empujado a formar parte y a reconocer la necesidad de la existencia de estos espacios de control sobre los Estados parte.
El Derecho Internacional surge de los tratados y los tratados, establece la Convención de Viena, deben ser respetados de buena fe. Cuando los Estados ratificaron la Convención le pusieron límite a la forma de ejercer el poder, que además en nuestros países ingresa como derecho constitucional, incluso a través de las cláusulas constitucionales de Derechos Humanos y de aceptación de los derechos inherentes a la personalidad humana.
Por lo tanto, está claro que esto no se trata de una injerencia. Eso es un invento de mala fe o de ignorancia de quienes afirman estas cuestiones, porque obviamente los estados tienen soberanía para autolimitar su poder y esto refiere a un consenso de ius cogens, un consenso internacional que hay sobre la dignidad y los Derechos Humanos como piso mínimo de garantías para las personas o ciudadanos que habitan cualquier territorio.
Obviamente, un Estado puede huir del derecho internacional en un momento dado; un gobierno puede huir del derecho internacional, pero creo que un estado no va a poder huir siempre y todo el tiempo porque si no estaríamos negando la civilización mínima. Los Derechos Humanos son mínimos indispensables para la existencia de una convivencia civilizada y democrática y de los principios de libertad, igualdad y no discriminación. Creo que todos sabemos y todos documentamos cuando un estado no cumple con esos principios.
- Está viniendo para presentar una serie de trabajos nuevos justamente sobre el control de convencionalidad dentro del Sistema Interamericano...
Es un trabajo de actualización de la jurisprudencia o mejor dicho de la sistematización de la jurisprudencia en materia de libertad de expresión debido a que en los últimos seis o siete años la Corte Interamericana ha emitido unas diez o doce sentencias que a mi juicio conforman un círculo virtuoso porque protegen en mejor medida la libertad de expresión, en un momento además donde la democracia está en riesgo y enfrenta riesgos y desconocimiento por parte de algunos gobiernos.
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Me parece que estas sentencias hacen al núcleo duro de la protección de la libertad de expresión y de la democracia. Tienen que ver con la protección de los distintos discursos, no solo los discursos clásicos políticos, sino también los discursos sociales como el sindical, como la libertad de expresión de funcionarios públicos. Por otro lado, se habla de la inconvencionalidad de los delitos de comunicación, la protección de las mujeres que enfrentan un riesgo diferenciado en razón de género y una sentencia extraordinaria sobre el derecho de los pueblos indígenas a fundar sus propios medios de comunicación y a emitir y a tener la posibilidad de acceder a medios.
Todo esto que dicho en 30 segundos es complejo, está resumido en este trabajo que se publica ahora y que tiene repercusión en Paraguay. Va a formar parte de la caja de herramientas de formación que tienen a mano jueces y juezas.
- Cuando se ataca la libertad de expresión ¿estamos hablando de una democracia que corre riesgo?
La libertad de expresión, se ha dicho, es la piedra angular...es como uno de los elementos fundamentales. La libertad de expresión, elecciones libres, independencia o autonomía de los poderes, son como los grandes pilares de la democracia.
Cuando se socava, o no se protege o se permite desde los Estados que haya ataque de distintas formas (el ataque judicial, en redes sociales, la violencia física contra periodistas, los juicios civiles, el uso de la publicidad de forma discriminatoria) por supuesto que un gobierno que permite estas cuestiones también puede permitir otras.
Sobre todo se socava el control social necesario en democracia. No es simplemente la prensa un fetiche para que exista la democracia, sino que cumple un rol fundamental. Es esto que vemos a diario en nuestras democracias: una denuncia, un documento, un cuestionamiento, una discusión sobre cualquier tema de gestión, de corrupción, de abuso de poder, de abuso de los Derechos Humanos. Esto es lo que alimenta y hace posible las democracias.
Ya vivimos demasiadas noches oscuras de autoritarismos, totalitarismos y censuras en América Latina como para volver a esos tiempos. No volver porque sea un riesgo inminente, sino porque socavar gradualmente estas instituciones también generan afectaciones al sistema democrático.