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Incumplimientos de la ley de Contrataciones Públicas, una urgencia impostergable que no era tal y una figura que buscaba el lucro cuando se podían usar otras. Estos son algunos de los elementos detectados como irregularidades por parte de la CGR en la millonaria actualización del Sistema de Gestión Tributaria Marangatu 2.0.
Estos puntos fueron señalados por Eulogio Rivas, funcionario de la Dirección Control de Contrataciones de la Administración Central (DCAC).
Rivas compareció durante uno de los juicios planteados por la exviceministra cartista de Tributación Marta González Ayala, contra Natalia Zuccolillo y Juan Carlos Lezcano, directora y periodista de ABC Color.
El funcionario formó parte del equipo auditor designado por la CGR para la revisión documental del proceso de contratación directa por por la vía de la excepción realizada por la SET para la actualización del Sistema Marangatu durante la administración de González.
“Encontramos una serie de incumplimientos a la ley 2051 de Contrataciones Públicas”, dijo Rivas ante el juez Wilfrido Peralta.
Aclaró que el aspecto técnico no fue cuestionado sino la materia documental.
“Nos llamó la atención el monto del contrato, porque según la ley por ese monto debería haberse realizado una Licitación Pública”, apuntó Rivas.
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Sistema Marangatu: urgencia no correspondía
Rivas enfatizó que para la formalización del contrato con el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT), la SET recurrió a la vía de la excepción “sin las debidas fundamentaciones técnicas, económicas y legales”; lo cual viola el artículo 33, inciso “g”, de la Ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas y el artículo 73 del Decreto Nº 21909/03, que reglamenta la referida disposición legal.
Manifestó que en los documentos remitidos por la SET se pudo evidenciar que se realizó una justificación técnica, elemento que no fue suficiente.
Citó, por ejemplo, el período de implementación del contrato como demostración clara de que no existía la urgencia impostergable.
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Rivas reveló incluso que la SET programó ya en 2015 el dinero que destinaría en 2016 para la adquisición del sistema informático. Esto, acotó era otro ejemplo de que realmente la aplicación de una compra por la vía de la excepción no correspondía.
Señaló que llegaron a la conclusión de que la SET no efectuó estudios de mercado que rindan el debido soporte técnico-económico a la estimación de precios que debe sustentar todo procedimiento de contratación, tal como lo establece la normativa que rige el campo de las contrataciones públicas, en el artículo 15 de la Ley 2051.
Finalmente recordó que la Contraloría había establecido como sugerencia que la SET firme convenios de cooperación con el CIAT. “La diferencia con los contratos es que los convenios no buscan lucro alguno”, aseveró.
Los funcionarios de la Contraloría se sumaron así al titular de la DNCP, Pablo Seitz, quien en las primeras jornadas del juicio contra nuestros compañeros había afirmado que se utilizó de forma indebida la vía de la excepción en el llamado.
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Alegatos para mañana
Mañana a las 08:30 se presentarán los alegatos finales luego de tres meses de inicio del juicio y casi una veintena de audiencias a lo largo de 17 semanas.
El Magistrado Wilfrido Peralta, Presidente del Tribunal Unipersonal, deberá tomar una determinación en un proceso en el que se debate la presunta afectación al honor de una figura pública, la exviceministra de tributación, con motivo de publicaciones relacionadas estrictamente a un proceso de compras públicas versus libertades fundamentales que hacen a la libre expresión, prensa e información, que constituyen derechos y medios que permiten al ciudadano la formación de una opinión libre y el conocimiento de temas de relevancia colectiva.