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Para ratificarse en la sanción, el Senado requerirá de 23 votos. La Comisión de Asuntos Constitucionales recomienda al pleno aceptar la objeción total del Ejecutivo sobre el castigo con una multa al elector que no vota
Según la objeción presidencial, la discusión y aprobación de este tipo de modificaciones legales, en tiempos tan próximos a comicios generales, “no contribuye a la previsibilidad que debe caracterizar a las reglas de juego que definen la asignación del poder político. Aunque está claro, se estima plausible guardar cierta deferencia hacia el régimen electoral cuando sus principales actividades se encuentran en marcha”, señala.
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La “muerte civil” del elector
De aplicarse el cuestionado proyecto de ley, se impedirá al elector, mientras no pague la multa por no votar, cualquier trámite ante la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), Identificaciones, Registros Públicos, Catastro, Registro del Automotor, trámites ante municipios y gobernaciones y el acceso a subsidios de la Secretaría de Acción Social (SAS). Los detractores de la norma afirman que el proyecto, incluso, es inconstitucional.